Alimentos Para Los Hijos.
Los alimentos para los hijos son un conjunto de acciones y medidas regulatorias que tienen como objetivo el cuidado y protección de los niños en lo relativo a su alimentación. En la actualidad, el concepto de alimentos para los hijos se ha ampliado y comprende tanto la alimentación básica como la educación, la salud y el bienestar general de los niños. Las leyes de alimentos para los hijos varían de un país a otro, pero en general se establecen mecanismos para garantizar que los niños reciban los recursos necesarios para su subsistencia y desarrollo.
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5 IDEAS DE COMIDAS PARA NIÑOS/ SALUDABLES/RECETAS PASO A PASO
- ¿Qué es el derecho de alimentos?
- ¿A qué se refiere el derecho de alimentos?
- ¿Qué es el derecho a los alimentos?
- ¿A qué se refiere el derecho a los alimentos?
- ¿De qué manera se pueden obtener los alimentos para los hijos?
- ¿De qué forma se pueden cobrar los alimentos para los hijos?
- ¿Hay algún límite en cuanto a los alimentos que se pueden cobrar para los hijos?
- Para Finalizar
5 IDEAS DE COMIDAS PARA NIÑOS/ SALUDABLES/RECETAS PASO A PASO
¿Qué es el derecho de alimentos?
En cuanto a la cuantía de la pensión alimenticia, ésta deberá ser suficiente para atender las necesidades básicas del hijo, tales como la alimentación, vestuario, educación o vivienda, siempre teniendo en cuenta las circunstancias económicas de cada una de las partes. No obstante, en ocasiones puede resultar difícil determinar cuáles son las necesidades reales del hijo, por lo que será el juez quien, atendiendo a las circunstancias concretas de cada caso, fijará la cuantía de la pensión alimenticia.
¿A qué se refiere el derecho de alimentos?
A continuación, te explicaré a qué se refiere el derecho de alimentos en España.
El derecho de alimentos se refiere al derecho de una persona a recibir una asignación de dinero o bienes para cubrir sus necesidades elementales, tales como la comida, el vestido y el abrigo. En el derecho español, el derecho de alimentos se establece en el Código Civil.
Según el Código Civil, el derecho de alimentos es un derecho personal y absoluto. Esto significa que toda persona tiene derecho a recibir alimentos, independientemente de su edad, estado civil o situación económica.
Lee También Alimentos Para Los Padres.El derecho de alimentos puede ser exigido tanto por el cónyuge como por los hijos. Sin embargo, el cónyuge sólo tiene derecho a alimentos si la relación matrimonial no está disuelta y si no hay ningún impedimento para que el cónyuge reciba tales alimentos. Por ejemplo, el cónyuge no tiene derecho a alimentos si está divorciado o si ha cometido adulterio.
Los hijos, por otro lado, tienen derecho a alimentos independientemente de su edad o estado civil. Los hijos menores de edad tienen derecho a recibir alimentos hasta que alcancen la mayoría de edad. Los hijos mayores de edad pueden exigir alimentos sólo si están incapacitados para proveerse por sí mismos.
En España, el derecho de alimentos se rige por el principio de solidaridad familiar. Esto significa que todos los miembros de la familia tienen la obligación de prestar ayuda económica a aquellos miembros de la familia que no puedan proveer por sí mismos.
El derecho de alimentos puede ser exigido tanto por el cónyuge como por los hijos. Sin embargo, el cónyuge sólo tiene derecho a alimentos si la relación matrimonial no está disuelta y si no hay ningún impedimento para que el cónyuge reciba tales alimentos. Por ejemplo, el cónyuge no tiene derecho a alimentos si está divorciado o si ha cometido adulterio.
Los hijos, por otro lado, tienen derecho a alimentos independientemente de su edad o estado civil. Los hijos menores de edad tienen derecho a recibir alimentos hasta que alcancen la mayoría de edad. Los hijos mayores de edad pueden exigir alimentos sólo si están incapacitados para proveer por sí mismos.
Lee También Alimentos Para Los Abuelos.En España, el derecho de alimentos se rige por el principio de solidaridad familiar. Esto significa que todos los miembros de la familia tienen la obligación de prestar ayuda económica a aquellos miembros de la familia que no puedan proveer por sí mismos.
¿Qué es el derecho a los alimentos?
El derecho a los alimentos se define como el derecho de todas las personas a tener un acceso regular y permanente a alimentos de calidad nutricional adecuada, que satisfagan sus necesidades dietéticas y sus preferencias culturales, y que estén disponibles de manera segura, aceptable y sostenible. Este derecho se encuentra reconocido en diversos instrumentos internacionales de derechos humanos, entre los que se encuentran la Declaración Universal de los Derechos Humanos, la Convención sobre los Derechos del Niño y el Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales.
En el ámbito nacional, el derecho a los alimentos se encuentra regulado en la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, que establece en su artículo 35.1 que “todos los centros docentes públicos ofrecerán a sus alumnos un desayuno y una comida diaria, salvo en los casos en que las familias así lo soliciten”. Asimismo, el Real Decreto 1565/2007, de 21 de diciembre, por el que se establece el Plan Nacional de Alimentación y Nutrición 2007-2011, reconoce el derecho de todas las personas a tener un acceso regular y permanente a alimentos de calidad nutricional adecuada.
Por otro lado, el derecho a los alimentos también se encuentra consagrado en la Constitución española. En concreto, el artículo 45 de la Carta Magna establece que “corresponde a los poderes públicos velar porque sean facilitados los medios que permitan a todos trabajar y procurarse una vida digna y decorosa”. Asimismo, el artículo 47 de la Constitución establece que “corresponde a los poderes públicos proteger a la infancia y a la juventud frente a cualquier forma de abandono, violencia o explotación”.
En definitiva, el derecho a los alimentos es un derecho humano fundamentale que debe ser garantizado por los Estados.
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El derecho a los alimentos es un derecho humano fundamental reconocido por la Declaración Universal de los Derechos Humanos y por numerosos tratados internacionales. El derecho a los alimentos significa que toda persona tiene derecho a tener acceso de forma regular e ininterrumpida a alimentos de calidad suficiente y nutritivos, en cantidad y calidad adecuadas.
¿De qué manera se pueden obtener los alimentos para los hijos?
La ley española establece que los progenitores tienen el deber de alimentar a sus hijos. Dicho deber de alimentos se extiende hasta que los hijos alcancen la mayoría de edad, o bien hasta que terminen sus estudios, según lo establecido en el artículo 155 del Código Civil. No obstante, existen excepciones en las que el padre o la madre no están obligados a cubrir este gasto, como por ejemplo, cuando el hijo es mayor de edad y es capaz de mantenerse por sí mismo.
En cuanto a la forma en que se pueden obtener los alimentos para los hijos, existen diversas alternativas. En primer lugar, los progenitores pueden acordar de mutuo acuerdo una pensión alimenticia adecuada para sus hijos. Si no llegan a un acuerdo, cualquiera de los dos progenitores puede solicitar a un juez que fije la pensión alimenticia correspondiente. A tales efectos, el juez tendrá en cuenta diversos factores, como la situación económica de los progenitores, así como las necesidades de los hijos. Si el progenitor que debe cubrir la pensión alimenticia no cumpliera con su obligación, el otro progenitor podría solicitar a un juez que le obligara a hacerlo, a través de una orden de pago.
En el caso de que un progenitor no pudiera hacer frente a la pensión alimenticia establecida por un juez, existe la posibilidad de que la Administración Pública se haga cargo de dicha pensión, a través de la asignación de una pensión no contributiva. Para poder acceder a dicha prestación, el progenitor que la solicita deberá acreditar su situación de necesidad.
¿De qué forma se pueden cobrar los alimentos para los hijos?
Responder a esta pregunta de forma amplia y completa requeriría un abordaje multidisciplinario que incluyera a profesionales del derecho, la psicología y la economía. No obstante, a continuación se ofrece una breve introducción al tema de la forma en que se pueden cobrar los alimentos para los hijos en España.
Lee También Asignación Universal Por Hijo.En primer lugar, es importante tener en cuenta que el concepto de "alimentos" se entiende en sentido amplio y no se limita únicamente a la comida o a la nutrición. Según el Código Civil español, los alimentos son "todo lo que es necesario para el sustento, habitación, vestido y asistencia médica de la persona, desde el nacimiento hasta la mayoría de edad o mientras dure su incapacidad física o mental".
Los alimentos pueden ser solicitados por cualquier progenitor, aunque la custodia de los hijos pertenezca al otro. No obstante, en la práctica, suele ser el progenitor que no tiene la custodia quien solicita los alimentos, ya que es el que suele estar en peores condiciones económicas.
La cuantía de los alimentos se fija atendiendo a diversos factores, tales como las necesidades del hijo, las posibilidades económicas del progenitor que los solicita y el estilo de vida al que estaba acostumbrado antes de la separación. No obstante, en ningún caso los alimentos podrán superar un tercio de los ingresos del progenitor obligado a pagarlos.
Existen diversas formas de cobrar los alimentos, si bien la más habitual es mediante un descuento en la nómina del progenitor obligado a pagarlos. No obstante, en algunos casos, el progenitor que los solicita puede optar por recibir una pensión mensual en metálico. En todo caso, el incumplimiento del pago de los alimentos puede ser sancionado con penas de prisión.
¿Hay algún límite en cuanto a los alimentos que se pueden cobrar para los hijos?
En cuanto a los límites de los alimentos que se le pueden exigir a uno de los progenitores para sus hijos, la ley española establece una serie de criterios a tener en cuenta. En primer lugar, se debe tener en cuenta la capacidad económica del progenitor obligado a prestar los alimentos, ya que no se podrá exigir una cantidad que supere dicha capacidad. En segundo lugar, se debe tener en cuenta la edad del hijo, ya que los alimentos tendrán que ser proporcionales a las necesidades del mismo. Y, en tercer lugar, se debe tener en cuenta el estado de salud del hijo, ya que si el hijo sufre de alguna enfermedad o dolencia que requiera una atención especial, los alimentos tendrán que ser suficientes para cubrir dichas necesidades.
Para Finalizar
La Reforma del Regimen de Alimentos para Menores, prevista en el proyecto de Ley Orgánica de Igualdad efectiva de Mujeres y Hombres, pretende regular la cuantía de las pensiones alimenticias que deben satisfacerse en los supuestos en que concurra separación o divorcio. Hasta la fecha, este régimen regulaba en la Ley Orgánica 1/2004, de 28 de diciembre, de Medidas de Protección Integral contra la Violencia de Género, la forma en que se establecían los alimentos que debían satisfacerse a favor de los hijos menores de edad, fijándose como criterio fundamental la capacidad económica del progenitor obligado al pago de la pensión. Sin embargo, con la nueva reforma se pretende establecer unos criterios más objetivos a la hora de fijar la cuantía de los alimentos, estableciéndose una serie de tablas de baremos que serán de aplicación obligatoria tanto para los Juzgados como para los Tribunales. De esta forma, se pretende que se garantice el derecho de los hijos menores de edad a recibir una pensión alimenticia adecuada a sus necesidades, así como una mayor igualdad entre hombres y mujeres a la hora de fijar la cuantía de dicha pensión. No obstante, cabe destacar que esta reforma no será aplicable a los supuestos en que exista acuerdo entre los progenitores respecto a la cuantía de la pensión alimenticia.La cuantía de la pensión alimenticia se establecerá en función de diversos criterios, tales como la edad de los hijos, el nivel de vida al que estén acostumbrados o el nivel de ingresos del progenitor obligado al pago de la misma. Asimismo, se tendrá en cuenta la situación económica de ambos progenitores, así como las obligaciones que éstos tengan respecto a otros hijos. Igualmente, se tendrá en cuenta la situación del hogar en el que vivan los hijos, así como el número de miembros que lo integren. En todo caso, la cuantía de la pensión alimenticia no podrá ser inferior al 25% de los ingresos del progenitor obligado al pago de la misma, salvo que éste acredite que no dispone de los recursos económicos necesarios para hacer frente a dicha obligación.En cuanto a la forma de pago de la pensión alimenticia, ésta se realizará mediante transferencia bancaria a la cuenta corriente que designe el beneficiario, salvo que exista acuerdo entre ambas partes para establecer otra forma de pago. No obstante, en todo caso, el pago de la pensión alimenticia se garantizará mediante una prestación por desempleo o una pensión de invalidez, en el supuesto de que el progenitor obligado al pago de la misma se encuentre en situación de desempleo o de invalidez.Así mismo, cabe destacar que, en el supuesto de que el progenitor obligado al pago de la pensión alimenticia incumpla voluntariamente dicha obligación, éste podrá ser objeto de una serie de medidas coercitivas, tales como el embargo de sus bienes o la suspensión de su permiso de conducción. No obstante, en el supuesto de que el progenitor obligado al pago de la pensión alimenticia no pueda hacer frente a dicha obligación por motivos justificados, podrá solicitar a la Junta de Alimentos que se le exima del pago de la misma, siempre y cuando acredite dicha imposibilidad.Alimentos para los hijos, en el ámbito del derecho y las leyes en ESPAÑA, es la cantidad monetaria que se le debe proporcionar mensualmente a un niño por un progenitor, ya sea la madre o el padre, o por ambos, en virtud de una orden judicial, convenio o pacto, y que cubrirá sus necesidades básicas de subsistencia. En la mayoría de los países europeos, la cuantía de los alimentos se fija atendiendo a criterios objetivos, como la edad del hijo, su estado de salud o si estudia o trabaja. No obstante, en España no existía hasta ahora un criterio objetivo que permitiera fijar la cuantía de los alimentos, lo que ha dado lugar a abusos y situaciones de injusticia. La nueva reforma pretende regular de forma más exhaustiva la cuantía de los alimentos, estableciendo una serie de baremos que serán de aplicación obligatoria tanto para los Juzgados como para los Tribunales. De esta forma, se pretende que se garantice el derecho de los hijos menores de edad a recibir una pensión alimenticia adecuada a sus necesidades, así como una mayor igualdad entre hombres y mujeres a la hora de fijar la cuantía de dicha pensión.
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