Cohecho.
Este término se encuentra regulado en el artículo 428 del Código Penal y se refiere al acto de pedir, aceptar o prometer, directa o indirectamente, una dádiva o promesa de dádiva a cambio de realizar un acto u omis WILFREDO BLANCO SABOGAL Abogado Don Wilfredo Blanco Sabogal, en el ámbito del derecho y las leyes, el término "cohecho" se refiere generalmente a un soborno ofrecido con el propósito de influir en el ejercicio legítimo de un cargo público. Se considera que el acto de cohecho está cometido tanto por el funcionario público que acepta el soborno como por la persona que lo ofrece. El delito de cohecho se encuentra regulado en el artículo 428 del Código Penal español, que establece que será castigado con prisión de seis meses a tres años y multa de doce a veinticuatro meses el funcionario público que directa o indirectamente pida o acepte, para sí o para otra persona, una dádiva o promesa de dádiva a cambio de realizar u omitir un acto relacionado con la función o cargo que desempeña. Asimismo, el mismo artículo establece que será castigado con la misma pena el particular que, a sabiendas de que un funcionario público ha cometido el delito anteriormente descrito, le haga entrega de la dádiva o promesa de dádiva.
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- ¿Qué es el cohecho?
- ¿Cuáles son las penas previstas para el delito de cohecho?
- ¿Cuándo se considera que se ha cometido el delito de cohecho?
- ¿Qué elementos se requieren para que se pueda considerar que ha habido cohecho?
- ¿A qué se refiere el término “dádiva” en el contexto del delito de cohecho?
- ¿Puede considerarse cohecho el hecho de ofrecer o prometer un favor a cambio de un beneficio?
- ¿Puede haber cohecho también en el ámbito privado, es decir, entre particulares, sin que intervenga la administración pública?
- Para Finalizar
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¿Qué es el cohecho?
Selon l'article 405 du code pénal espagnol, le coût est défini comme «l'acceptation ou l'offre d'une récompense en vue d'obtenir ou de maintenir un acte illégal, en vertu de l'autorité conférée par une personne dans l'exercice de ses fonctions officielles». En d'autres termes, il s'agit d'un acte de corruption dans lequel une personne en position d'autorité reçoit ou propose un avantage illégal en échange d'un acte qu'elle est censée effectuer dans le cadre de ses fonctions officielles.
¿Cuáles son las penas previstas para el delito de cohecho?
En España, el delito de cohecho se encuentra regulado en el artículo 427 del Código Penal. Según este artículo, se considera cohecho a la acción de ofrecer, prometer o dar, directa o indirectamente, dinero u otro beneficio a cambio de obtener un acto u omisión en el ejercicio de un cargo público. El delito de cohecho es considerado un delito muy grave y, por lo tanto, está penado con prisión de seis a doce años.
¿Cuándo se considera que se ha cometido el delito de cohecho?
La respuesta a esta pregunta es muy compleja, ya que el delito de cohecho puede ser cometido de diversas maneras. En general, se considera que se ha cometido el delito de cohecho en el momento en que se ofrece o se promete un beneficio a cambio de un acto u omisión ilícita. No obstante, también se considerará cometido el delito de cohecho en el momento en que se recibe o se acepta un beneficio a cambio de un acto u omisión ilícita.
¿Qué elementos se requieren para que se pueda considerar que ha habido cohecho?
En España, el cohecho es un delito contra la administración pública que consiste en el ofrecimiento o el aceptación de un beneficio a cambio de un acto u omisión contrarios a la función que se ejerce. Es decir, es un delito cometido por un funcionario público que acepta o solicita un soborno a cambio de hacer o dejar de hacer una determinada acción u omisión en relación con sus funciones.
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Para que se pueda considerar que ha habido cohecho, se requieren los siguientes elementos:
- Que el acto u omisión sea contrario a la función que se ejerce: es decir, que el funcionario haya cometido un acto ilícito en el ejercicio de sus funciones.
- Que haya habido un ofrecimiento o aceptación de un beneficio: es decir, que el funcionario haya recibido o aceptado una dádiva, propina o cualquier otro tipo de beneficio a cambio del acto u omisión cometido.
- Que el beneficio sea aceptado o solicitado a cambio del acto u omisión: es decir, que el funcionario haya aceptado o solicitado el beneficio con el fin de realizar o dejar de realizar una acción u omisión en el ejercicio de sus funciones.
¿A qué se refiere el término “dádiva” en el contexto del delito de cohecho?
La dádiva es un regalo de valor que se ofrece a una persona con el propósito de influir en su comportamiento. En el contexto del delito de cohecho, la dádiva se ofrece a un funcionario público para que realice o deje de realizar un acto en beneficio del oferente.
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¿Puede considerarse cohecho el hecho de ofrecer o prometer un favor a cambio de un beneficio?
El cohecho es un delito que se comete cuando una persona ofrece, da o promete un beneficio a otra con el fin de obtener un acto u omisón en perjuicio de un tercero.
Por tanto, podemos afirmar que el hecho de ofrecer o prometer un favor a cambio de un beneficio puede ser considerado como un acto de cohecho.
¿Puede haber cohecho también en el ámbito privado, es decir, entre particulares, sin que intervenga la administración pública?
Indicar las características del mismo, las condiciones en las que debe darse para que se produzca este tipo de ilícito y las consecuencias que de ello se derivan.
Responder a esta pregunta no es fácil, ya que el cohecho es una figura ilícita que se encuentra regulada principalmente en el ámbito del derecho penal y que hace referencia a aquellos actos en los que se produce una subida de precio de un bien o un servicio a cambio de un beneficio indebido. Sin embargo, aunque no esté de forma expresa regulado, tampoco se puede negar que el cohecho privado existe y que, en determinadas ocasiones, puede suponer una vulneración de los derechos de terceros.
Por lo tanto, aunque no esté tipificado como tal, el cohecho privado sí que puede darse en el ámbito privado, es decir, entre particulares, siempre y cuando se cumplan determinadas condiciones. En concreto, para que se pueda hablar de cohecho privado deberán darse al menos dos elementos: por un lado, que se produzca una subida de precio de un bien o un servicio; y, por otro lado, que dicha subida de precio se produzca a cambio de un beneficio indebido.
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El primer elemento es, quizás, el más sencillo de demostrar, ya que bastará con acreditar que el precio de un bien o un servicio se ha incrementado de forma injustificada. El segundo elemento, en cambio, es más complejo de acreditar, ya que será necesario demostrar que dicho incremento se ha producido a cambio de un beneficio indebido, es decir, algo a lo que no se tiene derecho.
Aunque pueda parecer que el cohecho privado es una figura muy poco común, lo cierto es que se da con más frecuencia de lo que se piensa, sobre todo en aquellos sectores en los que el precio de los bienes o servicios es muy elevado. En estos casos, es habitual que las personas que ofrecen esos bienes o servicios traten de obtener un beneficio adicional mediante el pago de sobresueldos o comisiones, por ejemplo.
Si bien es cierto que el cohecho privado no está tipificado como tal, lo cierto es que puede ser considerado como una infracción en determinadas ocasiones. En concreto, si el cohecho privado se produce en el ámbito de la contratación, es decir, cuando se está negociando el precio de un bien o un servicio, entonces podría ser considerado como un fraude en la contratación, ya que se estaría incumpliendo la obligación de celebrar los contratos de forma leal.
Por lo tanto, el cohecho privado puede suponer una vulneración de los derechos de terceros, ya que podría estar perjudicando a aquellas personas que no están involucradas en el pago de comisiones o sobresueldos. No obstante, cabe destacar que, en la mayoría de los casos, será necesario que el perjuicio sufrido sea cuantificable para poder iniciar una demanda judicial.
Para Finalizar
El cohecho se refiere a un delito cometido por una persona que acepta o pide un soborno con el propósito de realizar un acto u omisin en violacin de sus deberes oficiales. El cohecho tambin se puede referir al acto de dar un soborno. En muchos casos, el cohecho es ilegal tanto para el sobornador como para el sobornado.
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El cohecho es un delito cometido con frecuencia en la esfera pblica, ya que hay muchas oportunidades para que los funcionarios puedan aceptar sobornos a cambio de favorecer a ciertas personas o empresas. Sin embargo, el cohecho tambin es un problema en la esfera privada. Por ejemplo, un gerente de una gran empresa puede aceptar un soborno de un proveedor a cambio de darle el negocio a esa persona.
El cohecho es un delito serio y puede llevar a la prisin tanto para el sobornador como para el sobornado.
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