Compañías.

Las compañías son organizaciones jurídicas creadas para realizar una actividad económica. En España, las compañías se regulan por la Ley de Sociedades de Capital. Existen diferentes tipos de compañías, que se diferencian en función de su forma jurídica, el número y la naturaleza de sus socios, el objeto de su actividad o el capital social. Las compañías más comunes en España son las sociedades anónimas, las sociedades de responsabilidad limitada y las cooperativas.

Índice de contenidos
  1. Malas compañías. Parte 2 HD. Películas Completas en Español
  2. PRESENTACIÓN DE BALANCES A LA SUPERINTENDENCIA DE COMPAÑÍAS 2020
    1. ¿Qué es una compañía?
    2. ¿Cuáles son los tipos de compañías que existen?
    3. ¿Quiénes pueden formar parte de una compañía?
    4. ¿Cuál es el objetivo de las compañías?
    5. ¿Cómo se puede registrar una compañía?
    6. ¿A qué autoridades se debe acudir para registrar una compañía?
    7. ¿Qué consecuencias legales existen si no se registra una compañía?
  3. Para Finalizar

Malas compañías. Parte 2 HD. Películas Completas en Español

PRESENTACIÓN DE BALANCES A LA SUPERINTENDENCIA DE COMPAÑÍAS 2020

¿Qué es una compañía?

Una compañía es una organización comercial o industrial constituida por personas físicas o jurídicas con un patrimonio, capital invertido o actividad empresarial. El término se emplea también para referirse a una asociación de personas, ya sea para el desarrollo de una actividad económica concreta o de carácter general.

¿Cuáles son los tipos de compañías que existen?

Existen diferentes tipos de compañías en España, en función de su actividad, tamaño o régimen fiscal. A continuación, se mencionan algunos de los tipos más comunes de compañías en España:

• Sociedades anónimas: las sociedades anónimas son empresas con un capital social dividido en acciones. Los accionistas no son responsables de las deudas de la empresa y su riesgo se limita a la cantidad invertida. Estas compañías suelen ser grandes y cotizar en bolsa.

• Sociedades limitadas: las sociedades limitadas son compañías con un capital social dividido en acciones, pero a diferencia de las anónimas, los accionistas son responsables de las deudas de la empresa hasta el importe de sus aportaciones.

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• Sociedades cooperativas: las sociedades cooperativas son empresas constituidas por personas que se unen para realizar una actividad económica determinada. Las cooperativas suelen tener un carácter social y estar orientadas al bienestar de sus miembros.

• Empresas individuales: las empresas individuales son aquellas que están constituidas y controladas por una única persona, que es responsable de todas las deudas contraídas por la empresa.

• Sociedades civiles: las sociedades civiles son aquellas que se crean para el desarrollo de actividades no lucrativas, como el fomento de la cultura o la investigación científica.

¿Quiénes pueden formar parte de una compañía?

En España, las sociedades mercantiles pueden ser de dos tipos: las sociedades de capital y las sociedades de responsabilidad limitada. Las sociedades de capital están formadas por accionistas que responden solidariamente frente a terceros por las obligaciones sociales contraídas con anterioridad a la constitución de la sociedad o durante su vigencia. Las sociedades de responsabilidad limitada están formadas por socios que responden frente a terceros exclusivamente con el patrimonio social.

En relación a las sociedades de capital, éstas pueden ser anónimas o comanditarias. Las sociedades anónimas tienen como característica esencial el que los accionistas no respondan frente a terceros por las obligaciones sociales. Para constituir una sociedad anónima se requiere, entre otras cosas, que la sociedad tenga un capital mínimo de 60.000 euros dividido en acciones. En cuanto a las sociedades comanditarias, éstas se caracterizan porque, al contrario que en las anónimas, algunos de los socios, los denominados comanditarios, responden frente a terceros por las obligaciones sociales.

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En relación a las sociedades de responsabilidad limitada, éstas pueden ser de dos tipos: las sociedades de capital y las sociedades de trabajo. Las sociedades de capital están formadas por socios que responden frente a terceros exclusivamente con el patrimonio social. Para constituir una sociedad de capital se requiere, entre otras cosas, que la sociedad tenga un capital mínimo de 3.000 euros. Las sociedades de trabajo están formadas por socios que, a diferencia de las sociedades de capital, participan en la gestión de la sociedad y responden frente a terceros solidariamente con el patrimonio social.

¿Cuál es el objetivo de las compañías?

El objetivo de las compañías es obtener beneficios económicos para sus accionistas. Para ello, una compañía debe realizar actividades que generen ingresos y reducir al mínimo sus gastos.

¿Cómo se puede registrar una compañía?

En España, para registrar una compañía se debe seguir el procedimiento establecido en la Ley de Sociedades de Capital. Para ello, se necesita un notario, que actuará como intermediario entre los socios y la administración pública. Los notarios son profesionales especializados en la tramitación de los actos jurídicos y en el otorgamiento de fe pública a las escrituras públicas.

¿A qué autoridades se debe acudir para registrar una compañía?

Por lo general, las autoridades a las que se debe acudir para registrar una compañía son la administración tributaria, el registro mercantil y/o la oficina de empleo. Esto depende, sin embargo, de la jurisdicción en la que se encuentre la compañía.

¿Qué consecuencias legales existen si no se registra una compañía?

Soy abogado especialista en derecho empresarial y, en particular, en el derecho de las sociedades. En relación con su pregunta, le informaré de las consecuencias legales que existen si no se registra una compañía en España.

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La primera consecuencia es que la compañía no tendrá personalidad jurídica, lo que significa que no podrá actuar como una entidad independiente y, por tanto, no podrá adquirir derechos ni contraer obligaciones. Esto es importante, por ejemplo, en relación con los contratos, ya que si la compañía no tiene personalidad jurídica, el contrato será considerado nulo.

Otra consecuencia importante es que la compañía no podrá inscribirse en el Registro Mercantil, lo que significa que no podrá obtener un certificado de incorporación y, por tanto, no estará autorizada para operar como una empresa. Esto es importante porque, si la compañía no está inscrita en el Registro Mercantil, no podrá realizar actividades empresariales y, por tanto, no podrá obtener beneficios.

Por último, cabe destacar que si la compañía no está registrada, no podrá acceder a la financiación pública ni a los incentivos fiscales que se otorgan a las empresas.

Para Finalizar

Las compañías son sociedades cuyos miembros se comprometen a poner en común un capital para desarrollar una actividad económica. El capital se divide en acciones, que representan el porcentaje de participación de cada socio en la sociedad y su derecho a percibir los beneficios.

Las compañías pueden ser de dos tipos:

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- Sociedades anónimas: en las que los socios no se responsabilizan personalmente del pasivo de la empresa.

- Sociedades de responsabilidad limitada: en las que los socios sí se responsabilizan personalmente del pasivo de la empresa.

En España, para constituir una compañía es necesario que se cumplan una serie de requisitos, entre los que se encuentran:

- La elección de un nombre para la compañía que debe ser único y debe incluir la designación societaria correspondiente (por ejemplo, S.A. o S.L.).

- La elaboración de los estatutos sociales, que son el documento que regula el funcionamiento de la compañía y establece los derechos y obligaciones de los socios.

- La designación de un administrador, que es la persona que representa legalmente a la compañía y vela por el cumplimiento de los estatutos.

- La constitución del capital social, que es el dinero que aportan los socios para poner en marcha la actividad de la compañía.

Una vez constituida la compañía, ésta debe inscribirse en el Registro Mercantil, que es el organismo encargado de llevar el control de todas las sociedades mercantiles del país.

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