Contrato A Término Indefinido.
El contrato a término indefinido es un tipo de contrato laboral por el cual un trabajador presta sus servicios a un empleador por un tiempo indeterminado. En virtud de este tipo de contrato, el empleador no tiene la obligación de dar aviso previo al trabajador en caso de que desee terminar el contrato. Por otro lado, el trabajador tampoco está obligado a preavisar al empleador en caso de que desee dejar el puesto de trabajo.
CONTRATO LABORAL A TERMINO INDEFINIDO
383. Contrato de Trabajo a Término Indefinido
Para Finalizar
El contrato a término indefinido, más conocido como contrato indefinido, es un tipo de contrato laboral por el que el trabajador se compromete a prestar sus servicios de forma indefinida para una empresa, y ésta se obliga a remunerarle por ellos.
El contrato a término indefinido es el que tiene carácter general en la relación laboral, de tal forma que todo trabajador que preste sus servicios de forma habitual y sin una fecha determinada de finalización estará contratado a término indefinido. No obstante, existen algunas excepciones en las que el contrato a término indefinido no es el tipo de contrato laboral más adecuado, y en estos casos se recurre a otros tipos de contratos como el contrato a término fijo o el contrato temporal.
El contrato a término indefinido es el que ofrece más garantías tanto al trabajador como a la empresa, ya que el primero tiene la seguridad de que su puesto de trabajo no será temporal y, por lo tanto, podrá mantenerlo mientras cumpla con los requisitos establecidos en el contrato y la empresa puede estar segura de que el trabajador estará dispuesto a prestar sus servicios de forma indefinida.
Aunque el contrato a término indefinido es el que ofrece más garantías, también es cierto que el trabajador tiene menos flexibilidad a la hora de terminar su relación laboral con la empresa, ya que, en principio, el contrato indefinido no tiene una fecha de finalización determinada.
Lee También Estatuto De Los Trabajadores.El contrato a término indefinido es, en definitiva, el tipo de contrato laboral más adecuado para el trabajador y la empresa cuando se busca una relación laboral estable y duradera. No obstante, existen otros tipos de contratos que pueden ser más adecuados en función de las circunstancias concretas de cada caso.
- 3 del ET señala: «No serán a término indefinido los contratos celebrados con arreglo a las disposiciones legales especiales». Ni el tipo de trabajo ni la fecha de inicio pueden acordarse con carácter provisional, salvo que la provisión de un puesto de trabajo de carácter temporal así lo requiera. Si no se acuerda de forma expresa, se entenderá que el contrato se ha celebrado por tiempo indefinido.El contrato a término indefinido es el único que tiene carácter estable. Para el resto de los contratos, cualquiera que sea su duración mínima, cuando transcurra el plazo fijado expresamente éstos caducarán. De tal forma que el contrato a plazo fijo caduca, por vencimiento, al cumplirse el tiempo que para él se hubiere fijado. Del mismo modo, el contrato de obra o servicio termina al finalizar la labor o servicio contractedos. Solo en el caso del contrato por tiempo determinado, por circunstancias especiales debidamente justificadas y debidamente acreditadas, podrá prorrogarse mediante convenio entre empresario y trabajador, y en todo caso el número de prórrogas no podrá exceder del máximo legalmente previsto. En estos casos la duración máxima total del contrato no podrá superar los límites establecidos.La voluntad de las partes de que el contrato sea por tiempo indeterminado debe acreditarse de una forma clara. Ello supone que la intención del empresario de que el contrato tenga carácter estable debe ser objetiva y evidente, lo que exige la existencia de indicios suficientes que permitan concluir la intención del empresario de mantener el vínculo laboral.La jurisprudencia ha señalado que el carácter estable del contrato es objetivo. No basta, pues, que las partes manifiesten su voluntad en el sentido de que el contrato es a término indefinido, sino que es necesario acreditar, con carácter objetivo, la intención de ambas partes de mantener el contrato por tiempo indeterminado. A este respecto, la realidad de los hechos debe coincidir con la manifestación de voluntad de los mismos.La manifestación de voluntad de las partes debe ser clara, ya que de no ser así surtirá efectos si las partes actúan en concordancia con dicha manifestación, pero no si su actitud es fluctuante, suficientemente explícita en un momento determinado pero contraria en un tiempo posterior.La existencia de una relación laboral a término indefinido debe ser consecuencia de una nítida voluntad de las partes. En este sentido, si desde el inicio de la relación de trabajo las partes no manifiestan su propia voluntad con claridad y concordancia, la relación se considerará a término fijo. La misma doctrina se extiende a aquellos supuestos en los que el contrato no se convierte expresamente en indefinido, sino que el empresario adoptó en su momento una conducta clara indicativa de que pretendía dar continuidad a la relación laboral.La relación laboral se equipara, a efectos de estabilidad, a los contratos celebrados a término indefinido en aquellos supuestos en que la contratación comienza con carácter de temporal pero sin que exista una prórroga convenida de mutuo acuerdo por las partes. En todos ellos, cuando transcurre el plazo fijado expresamente, se entenderá que el contrato se ha celebrado por tiempo indefinido.La persona con discapacidad física, intelectual o psíquica, cuyas capacidades sean superiores a las exigidas para el desempeño de la actividad a desempeñar, tendrá derecho a que se le reconozca el derecho a ser contratada a tiempo indefinido siempre que cumpla los requisitos exigidos en la legislación aplicable, acreditando dicha situación mediante informe expedido por el Instituto Nacional de la Seguridad Social.Todos los contratos de trabajo deberán realizarse por escrito, salvo los contratos que durarán menos de un día o aquellos otros que se celebraran con trabajadores pertenecientes a categorías profesionales a los que la legislación tributaria disponga la aplicación del Régimen Especial de Trabajadores Autónomos. El humorista y presentador de televisión Cayetano Martínez de Irujo anunció el viernes que ha entrado en mediación con la productora Mediaset para intentar llegar a un acuerdo extrajudicial después de que la justicia anulara 4 contratos laborales a través del los cuales cobraba sus derechos de imagen hasta
- La Audiencia Provincial de Madrid decidió el pasado 23 de octubre anular esos contratos, con fechas comprendidas entre febrero de 2009 y marzo de 2011, al considerar que eran "manifestacione de Simulation", es decir
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