Corporaciones.
Una corporación es una entidad que se rige mediante estatutos, regulaciones internas y una serie de organizaciones internas. Normalmente, las corporaciones tienen personalidad jurídica propia, lo que les permite actuar como una sola persona en el derecho, y están sujetas a regulaciones estatales específicas. Las corporaciones suelen estar formadas por un grupo de personas que se han unido para llevar a cabo un fin específico.
S-Corporation ó Corporación C, DIFERENCIAS! Cual es MEJOR? Cual TE CONVIENE MAS? Episodio No. 85
Como Crear una Corporación o Una LLC ▶ ¿Cuál me conviene para crecer? ?
Para Finalizar
Introducción
En España, una corporación es una entidad que agrupa a personas o empresas con un objetivo común. La corporación puede ser una asociación, una institución, una fundación, una cooperativa o una sociedad anónima. En general, las corporaciones se crean para fines económicos, sociales o culturales.
En el ámbito jurídico, la corporación es una persona jurídica, es decir, una entidad que tiene derechos y obligaciones propios y que puede actuar en el derecho como sujeto de derechos y obligaciones. Las corporaciones pueden ser públicas o privadas. Las corporaciones públicas son aquellas que están vinculadas al Estado, como las universidades, los ayuntamientos o las empresas de servicios públicos. Las corporaciones privadas son aquellas que no tienen vínculos con el Estado, como las empresas o las asociaciones.
Las corporaciones suelen tener una estructura jerárquica, es decir, están formadas por un órgano ejecutivo, que toma las decisiones, y un órgano legislativo, que aprueba o modifica las leyes de la corporación. Las corporaciones también pueden tener órganos judiciales, que resuelven los conflictos internos, y órganos de control, que velan por el buen funcionamiento de la corporación.
Lee También Contratos.El derecho de las corporaciones regula la creación, organización y funcionamiento de las corporaciones. También regula los derechos y obligaciones de los miembros de las corporaciones, así como los derechos y obligaciones de las corporaciones respecto a terceros.
El derecho de las corporaciones se regula en la Ley de Sociedades de Capital, la Ley de Sociedades Laborales, la Ley de Cooperativas, la Ley de Fundaciones, la Ley de Asociaciones, la Ley de Mutualidades y la Ley de Obras Sociales.
Principios del derecho de las corporaciones
Los principios del derecho de las corporaciones son los siguientes:
Libertad de asociación: toda persona tiene derecho a asociarse libremente con otras personas para fines lícitos.
Lee También Contratos.autonomía de la voluntad: las corporaciones tienen derecho a decidir libremente su objetivo y su actividad, y a elegir su estructura y sus órganos de gobierno.
Igualdad de trato: todas las personas que forman parte de una corporación tienen derecho a un trato igualitario.
Proporcionalidad: las medidas que se adopten en relación con las corporaciones deben ser proporcionadas a los fines perseguidos.
Solidaridad: las corporaciones deben actuar de buena fe y en interés general, y deben velar por el bienestar de sus miembros.
Transparencia: las corporaciones deben actuar de forma transparente, es decir, deben rendir cuentas de su gestión a sus miembros y a terceros.
Lee También Compañías.Functions of corporations
The functions of corporations are the following:
To promote economic activity: corporations promote economic activity by carrying out economic activities and creating jobs.
To provide social welfare: corporations provide social welfare by carrying out social and cultural activities.
To protect the environment: corporations protect the environment by carrying out environmental protection activities.
Lee También Comisiones.To provide public goods and services: corporations provide public goods and services by carrying out activities that benefit the community as a whole, such as education, health care, and infrastructure.
To represent the interests of their members: corporations represent the interests of their members by defending their rights and promoting their interests.
Types of corporations
There are four main types of corporations in Spain:
Associations: associations are voluntary organizations of people with a common purpose. Associations can be formed for any lawful purpose, such as religious, political, social, or cultural.
Foundations: foundations are legal entities that are created for charitable, religious, cultural, or educational purposes.
Cooperatives: cooperatives are business organizations that are owned and controlled by their members.
Companies: companies are business organizations that are owned and controlled by shareholders.
Rights and duties of corporations
Corporations have the following rights:
The right to autonomy: corporations have the right to decide their own purpose and activity, and to choose their own structure and governing bodies.
The right to equality: all persons who are members of a corporation have the right to equal treatment.
The right to proportionality: the measures taken in relation to corporations must be proportional to the objectives pursued.
The right to solidarity: corporations must act in good faith and in the public interest, and must promote the welfare of their members.
The right to transparency: corporations must act transparently, that is, they must account for their management to their members and to third parties.
Corporations also have the following duties:
The duty to comply with the law: corporations must comply with the laws and regulations that apply to them.
The duty to treat their members fairly: corporations must treat their members fairly and in good faith.
The duty to act in the public interest: corporations must act in the public interest and must not act against the public interest.
The duty to protect the environment: corporations must protect the environment and must not cause environmental pollution.
- a LSC).En cuanto a las sociedades mercantiles, se divide al capital de dichas sociedades en dos grandes grupos: el accionarial y el no accionarial. Entre los primeros se encuentran las sociedades anónimas cuyo capital se divide en acciones, aunque dentro de esta categoría existen diferentes subcategorías. En cuanto al segundo grupo, éste engloba las sociedades anónimas de responsabilidad limitada, las sociedades de responsabilidad limitada en comandita por acciones, las sociedades cooperativas, las sociedades laborales, las sociedades profesionales y las sociedades de interés colectivo.Cabe señalar que las entidades de carácter público no se rigen por la LSC y, por lo tanto, no son sociedades mercantiles. Es decir, las entidades de carácter público son aquéllas cuyo margen de actuación y objeto social no están sometidos a las mismas reglas que se aplican a las entidades de carácter privado.Entre ellas podemos mencionar a las Comunidades Autónomas, Generalitat de Cataluña, Ayuntamientos, Diputaciones Forales, Consorcios Públicos, Sociedades Anónimas con dominio público (SAD), Sociedades Anónimas con capital mixto (SAm) y empresas y entidades públicas empresariales (EPE).
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