Delito De Receptación.
Delito de receptación: Es un delito penal que se comete al adquirir, poseer o encubrir bienes que se sabe o se puede presumir que han sido obtenidos mediante un delito. La pena para este delito puede ser de prisión o multa.
- PREVENCIÓN Y EJEMPLOS DEL DELITO DE RECEPTACIÓN
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CLASE 6 4 2022 Delito de Receptación (art. 350 bis, CP)
- ¿Qué es el delito de receptación?
- ¿Cuál es la pena prevista para el delito de receptación?
- ¿Qué requisitos se deben cumplir para que se configure el delito de receptación?
- ¿De qué forma puede cometarse el delito de receptación?
- ¿Cuáles son las excepciones al delito de receptación?
- ¿Se puede imputar el delito de receptación a un menor de edad?
- ¿Cómo se puede sancionar el delito de receptación?
- Para Finalizar
PREVENCIÓN Y EJEMPLOS DEL DELITO DE RECEPTACIÓN
CLASE 6 4 2022 Delito de Receptación (art. 350 bis, CP)
¿Qué es el delito de receptación?
El delito de receptación recae sobre aquellas personas que adquieren, poseen o venden bienes muebles a sabiendas de que éstos provengan de un hurto o un robo. En otras palabras, el comprador o el vendedor debe saber que el bien es robado. No obstante, también se considera como delito de receptación el tráfico ilícito de bienes muebles, es decir, el transporte, almacenamiento o venta de bienes robados.
La receptación es un delito contra el patrimonio, y está tipificado en el Código Penal español en los artículos 479 a 482. Según el Código Penal, el delito de receptación es castigable con pena de prisión de uno a cinco años y multa de doce a veinticuatro meses. Si el valor del bien es inferior a 400 euros, la pena de prisión se reduce a la mitad. También se considera delito de receptación el tráfico ilícito de bienes muebles, es decir, el transporte, almacenamiento o venta de bienes robados.
La jurisprudencia española ha establecido que el delito de receptación requiere tres elementos:
-Que el bien adquirido, poseído o vendido sea mueble.
-Que el acusado tenga conocimiento de que el bien es robado.
-Que el bien haya sido robado.
No obstante, el Tribunal Supremo ha establecido que no es necesario que el acusado tenga conocimiento de la procedencia del bien, basta con que tenga dudas razonables sobre ello. Asimismo, el tribunal ha establecido que el delito de receptación puede cometarse aunque el bien no haya sido robado, sino solo hurtado.
¿Cuál es la pena prevista para el delito de receptación?
La receptación se tipifica como un delito en el Código Penal español, concretamente en el artículo 404. Este establece que la pena para el delito de receptación será de prisión de uno a tres años o multa de seis a doce meses. No obstante, esta pena se incrementará en una tercera parte si el delito se cometió por alguien que se dedica a este tipo de actividad y en una quinta parte si el bien objeto de la receptación tiene un valor superior a 40.000 euros.
¿Qué requisitos se deben cumplir para que se configure el delito de receptación?
Para que se configure el delito de receptación es necesario que se cumplan los siguientes requisitos:
-Que el bien objeto de receptación sea producto de un delito.
-Que el receptor tenga conocimiento de que el bien es producto de un delito.
Lee También Presunción De Inocencia.-Que el receptor tenga la intención de beneficiarse del delito cometido.
-Que el receptor tome posesión del bien sabiendo que es producto de un delito.
¿De qué forma puede cometarse el delito de receptación?
La receptación es el delito de adquirir, poseer o tratar de comerciar bienes muebles a sabiendas de que han sido obtenidos mediante delitos. Se trata de un delito de mera actividad, es decir, basta con que se realicen los actos típicos para que se configure el delito, sin que sea necesario que se produzca ningún resultado dañoso.
Para que se configure el delito de receptación es necesario que concurran los siguientes elementos:
-Que el agente adquiera, posea o trate de comerciar un bien mueble.
Lee También Sustracción De Menores.-Que el bien mueble haya sido obtenido mediante la commission de un delito.
-Que el agente tenga conciencia de que el bien ha sido obtenido ilícitamente.
Si faltase alguno de estos elementos, no se configuraría el delito de receptación.
La Ley penaliza la simple posesión de bienes sustraidos, sin exigir que el agente haya participado de forma directa en su comisión, ni que pretenda lucrarse con ellos. Basta con que el agente se haya aprovechado de la situación creada por el delito cometido por otra persona.
La pena prevista para el delito de receptación es de 1 a 4 años de prisión y multa de 12 a 24 meses.
Lee También Abuso De Autoridad. ¿Cuáles son las excepciones al delito de receptación?
Las excepciones al delito de receptación pueden ser clasificadas de la siguiente manera:
- Excepciones relativas: aquellas que se refieren a la naturaleza del bien o al grado de participación del receptor.
- Excepciones absolutas: aquellas que se refieren a la finalidad perseguida con la recepción.
A continuación se detallan las principales excepciones al delito de receptación:
- Bienes muebles de pequeño valor: los bienes muebles de pequeño valor son aquellos cuya cuantía no exceda de 400 euros. Esta excepción se basa en el hecho de que el delito de receptación tiene como finalidad el combate al mercado negro de bienes, y no resulta proporcionado sancionar penalmente la recepción de bienes de pequeño valor.
- Bienes robados en el extranjero: la recepción de bienes robados en el extranjero no constituye delito en España, siempre y cuando el receptor no tuviera conocimiento de que se trataban de bienes robados.
- Bienes recuperados: la recepción de bienes que hayan sido objeto de un delito (por ejemplo, un vehículo robado) y que hayan sido posteriormente recuperados por las autoridades no es considerada delito. Sin embargo, para que esta excepción sea aplicable, es necesario que el receptor haya actuado de buena fe y que no se encuentre implicado en el delito de que se trate.
- Bienes de origen incierto: la recepción de bienes de origen incierto (por ejemplo, bienes encontrados) no es considerada delito, siempre y cuando el receptor no tenga conocimiento de que se trata de bienes robados.
- Bienes recibidos como herencia: la recepción de bienes que se hayan adquirido por sucesión mortis causa (por ejemplo, como herencia) no es considerada delito.
- Bienes adquiridos en subasta: la recepción de bienes adquiridos en subasta no es considerada delito, siempre y cuando el receptor no tenga conocimiento de que se trata de bienes robados.
¿Se puede imputar el delito de receptación a un menor de edad?
En España, el delito de receptación se tipifica en el artículo 405 del Código Penal. Se trata de un delito de índole penal que establece que:
"Será castigado con la pena de prisión de uno a cuatro años y multa de doce a veinticuatro meses el que, sin estar autorizado legalmente, compruebe, posea o tenga en su poder, para cualquier fin, bienes muebles ajenos, sabiendo o pudiendo presumir razonablemente que han sido obtenidos mediante delito."
Por lo tanto, el delito de receptación requiere que el agente tenga en su poder bienes ajenos, sabiendo o pudiendo presumir razonablemente que han sido obtenidos mediante delito.
Se trata de un delito de tipo penal, lo que significa que es necesario que el agente tenga dolo para ser considerado culpable. Es decir, el agente debe tener la intención de cometer el delito.
En relación a los menores de edad, la jurisprudencia española establece que ellos son capaces de cometer delitos, pero se les atribuye una capacidad de imputabilidad reducida. Esto significa que, aunque los menores de edad son capaces de cometer delitos, se les atribuye una capacidad de imputabilidad reducida.
Por lo tanto, el delito de receptación no puede imputarse a un menor de edad, ya que no posee la capacidad de imputabilidad necesaria para ser considerado culpable de dicho delito.
¿Cómo se puede sancionar el delito de receptación?
La receptación es el delito de adquirir, retener o ocultar, a sabiendas de que ha sido objeto de un delito, cualquier cosa mueble que haya sido sustraída. El delito de receptación está tipificado y sancionado en el Código Penal español en los artículos 379 a 382.
La pena de prisión para el delito de receptación puede ser de uno a tres años, si la cosa mueble sustraída tiene un valor inferior a 400 euros. Si el valor de la cosa mueble es superior a 400 euros, la pena de prisión puede ser de dos a seis años.
Si el delito de receptación es cometido por un funcionario público, la pena de prisión puede ser de tres a seis años.
La pena de prisión puede ser incrementada en un tercio, si el delito de receptación es cometido mediante violencia o intimidación contra la persona, o en un grado mínimo, si el delito es cometido por un menor de edad.
En el caso de que el delito de receptación sea cometido por medio de Internet, la pena de prisión podrá ser de tres a seis años.
Para Finalizar
El delito de receptación es uno de los delitos más cometidos en España. Se trata de la compra, venta o tenencia de productos sustraidos o robados. De acuerdo con el Código Penal español, esta conducta está tipificada como un delito contra el patrimonio y se castiga con penas de prisión que van desde los 6 meses a los 4 años. No obstante, en algunos casos la pena puede ser aumentada si el delito de receptación es cometido en detrimento de una persona mayor de 65 años o si el valor de los bienes es elevado.
Los delitos de receptación son generalmente cometidos por personas que no tienen los medios para adquirir los productos de forma legítima. No obstante, también existen casos en los que personas que sí podrían permitírselo optan por comprar productos robados porque son más baratos. En cualquier caso, la compra, venta o tenencia de productos sustraidos es un delito y está penalizado por ley.
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