Delito De Usurpación.
Se entiende por delito de usurpación el acto de apoderarse de un bien ajeno mediante el uso de la fuerza o la amenaza. Se trata de un delito penal que, según la legislación española, está contemplado en el artículo 614 del Código Penal y se castiga con la pena de prisión de uno a tres años.
- Usurpación
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EL DELITO DE USURPACION
- ¿Qué significa el delito de usurpación?
- ¿Cuáles son los elementos necesarios para que se pueda hablar de delito de usurpación?
- ¿Qué consecuencias jurídicas se derivan del delito de usurpación?
- ¿Cómo puede ser disuelta la posesión usurpadora?
- ¿Cuál es la pena prevista para el delito de usurpación?
- ¿Puede haber delito de usurpación si no hay un perjuicio para el titular legítimo de la posesión?
- ¿Es posible que exista el delito de usurpación en relación a bienes inmuebles o muebles?
- Para Finalizar
Usurpación
EL DELITO DE USURPACION
¿Qué significa el delito de usurpación?
El delito de usurpación está tipificado en el artículo 222 del Código Penal Español como el acto de apoderarse arbitrariamente de un inmueble ajeno. Para que se configure el delito debe reunirse los siguientes requisitos:
-Que el agente se apodere de un inmueble ajeno.
-Que dicho inmueble pertenezca a otra persona.
-Que el agente se apodere del inmueble con ánimo de apropiarse de él.
La pena para el delito de usurpación es la prisión de uno a tres años y multa de seis a doce meses.
¿Cuáles son los elementos necesarios para que se pueda hablar de delito de usurpación?
La usurpación es un delito contra el derecho de propiedad, señalado y tipificado en el Código Penal. Consiste en tomar posesión de una cosa mueble o inmueble ajena, con ánimo de apropiarse de ella.
Lee También Certificado De últimas Voluntades.Para que se pueda hablar de delito de usurpación, es necesario que concurran los siguientes elementos:
- Que la posesión sea tomada sin el consentimiento del legítimo titular de la propiedad.
- Que el usurpador tenga la intención de apropiarse de la propiedad.
- Que la posesión sea mantenida de forma turbia o clandestina.
En cuanto al elemento subjetivo, el Código Penal señala que el delito de usurpación sólo puede ser cometido por aquellas personas que actúen con ánimo de apropiarse de la propiedad ajena.
Cabe destacar que, en la actualidad, el delito de usurpación ha sido sustituido por el delito de invasión de vivienda, tipificado en el artículo 202 bis del Código Penal. Este delito se configura cuando se produce una ocupación de una vivienda sin el consentimiento de su legítimo titular y con ánimo de apropiarse de ella.
¿Qué consecuencias jurídicas se derivan del delito de usurpación?
La usurpación es un delito previsto y penado en el Código Penal español, en concreto en el Título VIII "De los Delitos contra el Orden Público", Capítulo I "Delitos contra la Seguridad del Estado", sección 2ª "Delitos contra la forma de gobierno democrático". Se trata de un delito muy grave, ya que atenta contra uno de los pilares básicos de la democracia: el sufragio.
Lee También Certificado Literal De Matrimonio.La usurpación consiste en el impedimento a una persona de ejercer su derecho al sufragio activo o pasivo, es decir, de votar o ser votada. También puede consistir en el impedimento a una persona de ser proclamada como elegida para un cargo público.
El Código Penal establece tres niveles de gravedad en el delito de usurpación:
-Usurpación leve: es la que se cometen por medio de amenazas u omisiones. Se castiga con penas de prisión de 6 meses a 2 años o multa de 12 a 24 meses.
-Usurpación grave: es la que se cometen mediante coacciones o violencia. Se castiga con penas de prisión de 2 a 4 años o multa de 24 a 48 meses.
-Usurpación muy grave: es la que se cometen mediante el uso de armas o explosivos. Se castiga con penas de prisión de 4 a 8 años o multa de 48 a 96 meses.
Lee También Cesión De Créditos.En todos los casos, además de la pena prevista, la persona condenada puede ser inhabilitada para el ejercicio de derechos y funciones públicas durante el tiempo de la condena, así como para el ejercicio del derecho de sufragio.
¿Cómo puede ser disuelta la posesión usurpadora?
La posesión usurpadora es una posesión ilegítima de un inmueble ajeno, que se adquiere con el propósito de hacer valer un derecho real sobre el mismo. Para poder disolverla, el posesionario debe ser notificado mediante una demanda judicial por parte del propietario legítimo. En la demanda, el propietario debe acreditar su derecho de propiedad y solicitar la restitución del inmueble. Una vez notificada la demanda, el Juez fijará una audiencia a la que deberán comparecer las partes. En la audiencia, el Juez escuchará a ambas partes y, si considera que el propietariolegítimo tiene derecho a recuperar el inmueble, dictará una sentencia a favor del propietario y ordenará la restitución del inmueble.
¿Cuál es la pena prevista para el delito de usurpación?
En España, la pena prevista para el delito de usurpación es de reclusión mayor de dos años.
¿Puede haber delito de usurpación si no hay un perjuicio para el titular legítimo de la posesión?
El delito de usurpación requiere, en principio, la existencia de un perjuicio para el titular legítimo de la posesión. No obstante, la jurisprudencia ha establecido que también puede haber delito de usurpación cuando el usurpador se aprovecha de la situación de desamparo o indefensión en la que se encuentra el titular legítimo de la posesión.
¿Es posible que exista el delito de usurpación en relación a bienes inmuebles o muebles?
En relación a bienes inmuebles, el delito de usurpación es posible si se cumplen determinados requisitos. Según el Código Penal español, el delito de usurpación se produce cuando alguien se apropia de un bien inmueble ajeno con el propósito de hacerlo suyo. Este delito se considera una forma de estafa y, por lo tanto, está penado con prisión.
Lee También Cesionario.Para que se pueda considerar que se ha cometido el delito de usurpación, es necesario que se cumplan determinados requisitos. En primer lugar, el bien inmueble en cuestión debe ser ajeno. En segundo lugar, el imputado debe apropiarse del bien inmueble con el propósito de hacerlo suyo. Esto quiere decir que el imputado debe tener la intención de quedarse con el bien inmueble para sí mismo.
Por último, es necesario que el imputado se apropie del bien inmueble de forma ilegal. Esto quiere decir que el imputado no tiene derecho a posesionar el bien inmueble ni tiene derecho a usufructuarlo. En consecuencia, el imputado no puede estar involucrado en ningún tipo de actividad relacionada con el bien inmueble, como la venta, el alquiler o la cesión de uso.
Una vez que se cumplen estos requisitos, se considera que se ha cometido el delito de usurpación y, por lo tanto, el imputado podrá ser condenado a prisión.
Para Finalizar
La usurpación es un delito consistente en el apropiación indebida de un bien inmueble ajeno, con el fin de hacerlo pasar como propio.
La figura típica de la usurpación se produce cuando una persona se apodera de un terreno que no es suyo y comienza a construir sobre él, sin tener derecho alguno para hacerlo. No obstante, también puede considerarse como usurpación el hecho de permanecer ocupando un inmueble ajeno sin tener derecho para ello, aunque no se haya llevado a cabo ninguna obra de construcción.
Para que se configure el delito de usurpación es necesario que el bien inmueble afectado sea de carácter privado, ya que si se trata de un bien del patrimonio público no se puede hablar de apropiación indebida, sino más bien de un ilícito administrativo. Asimismo, el bien inmueble afectado debe estar situado en España, ya que el delito de usurpación es un delito exclusivamente español.
La pena prevista para el delito de usurpación es de uno a tres años de prisión, así como la multa correspondiente al valor del bien inmueble afectado. No obstante, si el delito es cometido por medio de violencia o intimidación, la pena prevista puede llegar a ser de cuatro a seis años de prisión.
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