Delito Electoral.

El delito electoral es un tipo de ilícito penal que se comete con el propósito de afectar el proceso y resultado de una elección. Se trata de una infracción a la legalidad electoral, y puede consistir en actos de violencia, fraude o corrupción. El delito electoral es una amenaza para la democracia, ya que puede dar lugar a una manipulación del proceso democrático y, en consecuencia, a una alteración del resultado de las elecciones.

Índice de contenidos
  1. ¿QUÉ HACER SI DETECTO UN DELITO ELECTORAL? #ELECCIONES2022
  2. Fepade y el ciclo del delito electoral
    1. ¿Qué es un delito electoral?
    2. ¿Cuáles son los principales delitos electorales en España?
    3. ¿Qué penas se pueden imponer por un delito electoral?
    4. ¿Cómo se investigan los delitos electorales?
    5. ¿De qué forma puede prevenirse el cometimiento de delitos electorales?
    6. ¿Qué consecuencias puede tener un delito electoral en la vida de una persona?
    7. ¿Cómo afectan los delitos electorales a la democracia?
  3. Para Finalizar

¿QUÉ HACER SI DETECTO UN DELITO ELECTORAL? #ELECCIONES2022

Fepade y el ciclo del delito electoral

¿Qué es un delito electoral?

En España, un delito electoral es cualquier infracción de las leyes electorales cometida con el propósito de influir en el resultado de una elección. Las infracciones más comunes son el fraude electoral y el soborno.

¿Cuáles son los principales delitos electorales en España?

La Ley Orgánica 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal español regula los delitos electorales en el articulo 573. Entre estos delitos se encuentran:

  • La coacción a electores para que voten por un candidato o partido determinado.
  • El soborno de electores mediante la promesa o el pago de dinero u otros beneficios a cambio de su voto.
  • La manipulación de boletas o papeletas electorales.
  • El fraude en el escrutinio o recuento de votos.
  • La alteración de los resultados electorales.
  • El incumplimiento de las obligaciones establecidas en la ley para el ejercicio del derecho al voto.

¿Qué penas se pueden imponer por un delito electoral?

La respuesta a la pregunta es la siguiente:

En España, el delito electoral es considerado un delito contra el orden público y se castiga con penas de prisión. Las penas pueden ir desde los 6 meses de cárcel hasta los 4 años, dependiendo de la gravedad del delito cometido.

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¿Cómo se investigan los delitos electorales?

Desde el punto de vista penal, la comisión de un delito electoral es una figura muy específica que se produce cuando se cometen ciertos actos ilícitos con el propósito de obtener un resultado electoral determinado.

En España, el Código Penal tipifica diversos delitos electorales, siendo los más graves la coacción, el soborno y la falsedad en documento público. Todos ellos pueden ser castigados con penas de prisión que oscilan entre los seis meses y los cinco años.

La investigación de los delitos electorales es realizada por la Policía Nacional o la Guardia Civil, dependiendo de la competencia territorial, y está coordinada por la Fiscalía General del Estado.

Una vez recibida la denuncia, la Policía iniciará la investigación correspondiente para recabar toda la evidencia necesaria para determinar si se ha cometido un delito y, en su caso, identificar a los posibles responsables.

Posteriormente, la Fiscalía analizará la investigación policial y decidirá si procede o no presentar una querella ante el Juzgado correspondiente.

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En el caso de que se presente una querella, el Juzgado pondrá en marcha el proceso judicial y, en función de su desarrollo, dictará una sentencia condenatoria o absolutoria.

¿De qué forma puede prevenirse el cometimiento de delitos electorales?

Los delitos electorales son una amenaza para la democracia. Pueden provocar la anulación de elecciones, dar lugar a la imposición de sanciones e incluso a la destitución de cargos públicos. Por ello, es muy importante prevenir el cometimiento de este tipo de delitos.

Entre las medidas que se pueden adoptar para prevenir el cometimiento de delitos electorales destacan:

- Exigir a los candidatos y a los partidos políticos que se comprometan a respetar las reglas del juego democrático.

- Promover campañas de educación ciudadana sobre la importancia de votar y sobre el funcionamiento de las elecciones.

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- Garantizar un clima de tranquilidad y seguridad durante los procesos electorales.

- Asegurar un control eficaz sobre el financiamiento de las campañas electorales.

- Implementar sistemas de identificación y registro de votantes fiables.

- Dotar a los órganos encargados de supervisar y garantizar el correcto funcionamiento de las elecciones de los recursos y las herramientas necesarios para hacer frente a posibles fraudes.

¿Qué consecuencias puede tener un delito electoral en la vida de una persona?

La Ley Orgánica 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal, establece en su artículo 554 los delitos electorales. En concreto, se tipifican los siguientes ilícitos:

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1. La coacción a un elector mediante amenazas, violencia o cualquier otro medio ilícito.
2. La inmersión de votos, es decir, la realización de más votos a favor de un candidato o partido político de los que corresponderían a la voluntad popular.
3. La supresión de votos, esto es, la anulación de papeletas depositadas a favor de una determinada candidatura.
4. El fraude en el cómputo de los votos, ya sea mediante la alteración de las actas o cualquier otro medio.
5. La compra o venta de votos.
6. La emisión de documentos falsos para acreditar el derecho a voto.
7. La obstaculización del ejercicio del derecho de sufragio activo y pasivo.
8. El incumplimiento de los requisitos establecidos legalmente para la obtención o percepción de subvenciones o ayudas destinadas a financiar campañas electorales.
9. La realización de publicidad electoral en lugares prohibidos por la ley.

En general, las consecuencias de cometer un delito electoral son las mismas que las de cualquier otro tipo de delito, es decir, se puede ser condenado a pena de prisión, multa o ambas. No obstante, cabe destacar que los delitos electorales son considerados "delitos de lesa humanidad", lo que significa que no prescriben y, por tanto, siempre serán perseguidos.

¿Cómo afectan los delitos electorales a la democracia?

Los delitos electorales son aquellos cometidos con el propósito de manipular o falsear el proceso electoral de un país. Estos delitos pueden tener un impacto negativo en la democracia de un país, ya que pueden dar lugar a un gobierno no elegido legítimamente por el pueblo. Los delitos electorales pueden incluir el fraude electoral, el robo de votos, el soborno de electores y la coerción de votantes. En algunos casos, los delitos electorales pueden ser cometidos por funcionarios electorales, candidatos o partidos políticos. Si bien los delitos electorales pueden ser difíciles de detectar y probar, pueden tener un impacto significativo en la legitimidad de un gobierno y en la confianza del pueblo en el sistema democrático.

Para Finalizar

El delito electoral es una infracción de carácter electoral que se produce cuando se cometen actos ilícitos con el objetivo de influir en el resultado de un proceso electoral. Se trata de una figura delictiva muy extendida en todo el mundo y que, sin embargo, no siempre está tipificada en la legislación penal.

La Ley Orgánica 10/1995, de 23 de noviembre, de Código Penal, en su artículo 521, establece que son delitos electorales "aquellos actos ilícitos cometidos con el propósito de obtener un beneficio en el ejercicio del derecho de sufragio activo o pasivo en cualquier comicio o referéndum". Entre estos delitos, el Código Penal tipifica el fraude electoral, el cohecho electoral, la intimidación electoral y el hurto o daño a los materiales electorales.

No obstante, la jurisprudencia ha ampliado el concepto de delito electoral más allá de los supuestos típicamente recogidos en la Ley Orgánica 10/1995. Así, el Tribunal Constitucional ha señalado que el delito electoral también puede configurarse cuando se cometen actos que atenten contra la libertad y secreto del voto, la igualdad de todos los ciudadanos ante la ley o el correcto funcionamiento de los órganos electorales.

En España, el delito electoral es una infracción muy grave y, en consecuencia, está sancionado con penas muy severas. Así, el fraude electoral, por ejemplo, puede ser castigado con penas de prisión de hasta seis años.

    • 1 del Código Penal. También se encuentra tipificado el acoso o molestias a los electores en el artículo
      • 2 del mismo código.Amenazas: es cuando alguien se dirige a otra persona para que vote por un determinado partido político, agrupación o candidato, bajo la amenaza de hacerle daño inminente.Apoyo indebido: es cuando un funcionario público u otra persona que tenga rango o investidura oficial, llama o anima a votar por un determinado candidato, partido político o agrupación política. También está tipificado como delito electoral, la distribución de bienes, servicios o dádivas a cambio del voto.Programación televisiva: es cuando una cadena de televisión, durante el periodo previo a las elecciones, favoritiza en su programación a un partido político, agrupación o candidato, mostrando una evidente falta de imparcialidad.

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