Depósito.

El depósito es un acto jurídico por el cual una persona (depositario) se obliga a guardar o custodiar bienes muebles o inmuebles para otra persona (depositante), quien será la propietaria de dichos bienes.

Índice de contenidos
  1. El Depósito - EP89 Pareja Swinger
  2. Que sorpresa me lleve cuando vi que tenían las cajas ? | Almacén abandonado
  3. Para Finalizar

El Depósito - EP89 Pareja Swinger

Que sorpresa me lleve cuando vi que tenían las cajas ? | Almacén abandonado

Para Finalizar

El depósito, en el ámbito jurídico, es un contrato mediante el cual una persona entrega una cosa a otra para que ésta la guarde y la custodie. En algunos sistemas jurídicos se considera que el depositario adquiere la posesión de la cosa depositada, mientras que en otros se considera que el poseedor es el depositante.

Depósito es toda operación en virtud de la cual una persona (depositante) entrega a otra (depositario) una cosa mueble para que éste la guarde y custodie, bajo su exclusiva responsabilidad, durante un tiempo convenido o por tiempo indefinido. La cosa puede ser recibida por el depositario bajo contrato escrito o verbal, y puede ser restituida al depositante en el mismo estado en que fue entregada o con mejoras.

El depositario adquiere la posesión de la cosa depositada, y se convierte así en su legítimo poseedor. No obstante, el derecho de posesión corresponde originalmente al depositante, quien puede reclamarla en cualquier momento. Por lo tanto, el depositario no puede disponer de la cosa más allá del alcance del contrato de depósito. El depositario está obligado a restituir la cosa al depositante en el mismo estado en que la recibió, salvo que haya sido dañada o destruida por una causa ajena al depositario.

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