Derecho A La Libertad De Pensamiento, Conciencia Y Religión.

La libertad de pensamiento, conciencia y religión es un derecho fundamental reconocido por la Constitución española y por diversos tratados internacionales de derechos humanos. Este derecho garantiza que todas las personas puedan manifestar libremente sus creencias religiosas o sus convicciones éticas y filosóficas, sin ningún tipo de coerciones ni limitaciones.

Índice de contenidos
  1. Derecho a la Libertad de Convicciones Éticas, Pensamiento, Conciencia, Religión y Cultura.
  2. Libertad de Pensamiento, conciencia y Religion
  3. Para Finalizar

Derecho a la Libertad de Convicciones Éticas, Pensamiento, Conciencia, Religión y Cultura.

Libertad de Pensamiento, conciencia y Religion

Para Finalizar

Este derecho se encuentra consagrado en el artículo 18 del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos, que establece que:

1. Toda persona tiene derecho a la libertad de pensamiento, conciencia y religión; este derecho incluye la libertad de cambiar de religión o de creencia y la libertad de manifestar su religión o su creencia, individualmente o colectivamente, en público o en privado, por la enseñanza, el culto, los ritos y las prácticas.

2. El derecho a la libertad de manifestación de la religión o de las creencias no puede ser objeto de restricciones más allá de lo que se determine por la ley y sea necesario, a fin de proteger la seguridad, el orden, la salud o la moral públicas, o los derechos y las libertades fundamentales de los demás.

    • El derecho a la libertad de pensamiento, conciencia y religión es un derecho fundamental reconocido por la Constitución y por numerosos tratados y convenios internacionales de derechos humanos.
    • Este derecho implica la libertad de cada persona de pensar y tener una opinión propia sobre cuestiones religiosas, filosóficas o morales, así como la libertad de manifestar esas ideas y opiniones en público o en privado.
    • La libertad de religión comprende el derecho de todas las personas a profesar libremente la religión de su elección, así como el derecho a cambiar de religión o de creencias.
    • Este derecho implica también la libertad de manifestar públicamente las propias creencias religiosas, ya sea mediante el culto, la práctica o la enseñanza.
    • Todas las personas tienen igualmente derecho a que se respete su libertad de conciencia y a no ser obligadas a realizar actos contrarios a sus convicciones religiosas o morales.
    • Este derecho se encuentra protegido por la Constitución y por numerosos tratados y convenios internacionales de derechos humanos, como la Convención Europeana de Derechos Humanos.

Lee También certificado de ultimas voluntades Certificado De últimas Voluntades.

Deja una respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *

Subir