Fondo De Garantía Salarial.

El Fondo de Garantía Salarial (Fogasa) es un organismo dependiente del Ministerio de Trabajo, Migraciones y Seguridad Social de España, que se encarga de hacer efectivos los salarios de los trabajadores en situación de desempleo que hayan perdido su empleo como consecuencia de la suspensión o extinción de su contrato de trabajo, así como los salarios pendientes de cobro a trabajadores que hayan fallecido.

Índice de contenidos
  1. Organización y funcionamiento del Fondo de Garantía Salarial.
  2. Coberturas del Fondo de Garantía Salarial (FOGASA)
    1. ¿Qué es el Fondo de Garantía Salarial?
    2. ¿Cuáles son los objetivos del Fondo de Garantía Salarial?
    3. ¿A qué se destina el Fondo de Garantía Salarial?
    4. ¿Cómo se puede acceder al Fondo de Garantía Salarial?
    5. ¿En qué casos se puede acceder al Fondo de Garantía Salarial?
    6. ¿Cuánto tiempo dura el Fondo de Garantía Salarial?
    7. ¿Cuáles son las consecuencias de no cobrar el Fondo de Garantía Salarial?
  3. Para Finalizar

Organización y funcionamiento del Fondo de Garantía Salarial.

Coberturas del Fondo de Garantía Salarial (FOGASA)

¿Qué es el Fondo de Garantía Salarial?

El Fondo de Garantía Salarial (Fogasa) es una institución pública que tiene como función proteger a los trabajadores de España en caso de que la empresa para la que trabajan cierre y no puedan cobrar sus salarios. Fogasa cubre hasta 12 mensualidades de salario y es compatible con otras prestaciones por desempleo.

Fogasa se encarga de hacer efectivo el salario de los trabajadores cuando la empresa no puede hacerlo. Esta prestación está destinada a aquellos trabajadores que, tras la declaración de concurso de acreedores de su empresa o de su liquidación, no hayan cobrado las cantidades que les correspondan por salarios pendientes de pago.

La prestación por salarios pendientes de pago consiste en una ayuda mensual que se abona durante un máximo de doce meses y que es compatible con otras prestaciones por desempleo. No obstante, si la persona percibe otra renta de carácter público o privado que, en su conjunto, supere el salario mínimo interprofesional, la prestación se reducirá en la cuantía que exceda dicho importe.

Para acceder a la prestación, el trabajador deberá solicitarla en el plazo de tres meses a partir de la fecha en que se produzca el cese de la relación laboral. No obstante, si el trabajador cobra otra renta que, en su conjunto, supere el salario mínimo interprofesional, la prestación se reducirá en la cuantía que exceda dicho importe.

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¿Cuáles son los objetivos del Fondo de Garantía Salarial?

El Fondo de Garantía Salarial (Fogasa) es un organismo del Ministerio de Trabajo, Migraciones y Seguridad Social destinado a proteger los salarios de los trabajadores en caso de impago por parte de la empresa.

El Fogasa cubre los salarios de los trabajadores en situación de desempleo forzoso derivado de una reducción de plantilla o de un cierre de empresa, siempre y cuando dichos trabajadores hayan cumplido los requisitos para cobrar el subsidio de desempleo.

El objetivo del Fogasa es proteger los derechos de los trabajadores y salvaguardar su nivel de vida en caso de impago de salarios, para evitar que se produzcan situaciones de vulnerabilidad económica.

¿A qué se destina el Fondo de Garantía Salarial?

El Fondo de Garantía Salarial (FGS) es un fondo de carácter público creado por el Estado español con el objetivo de proteger a los trabajadores en caso de que su empresa se vea obligada a cerrar. El FGS cubre el salario de los trabajadores hasta un máximo de 12 meses y, además, les permite acceder a la prestación por desempleo.

¿Cómo se puede acceder al Fondo de Garantía Salarial?

Desde el año 2013, en España se encuentra en vigor el Fondo de Garantía Salarial (Fogasa), un mecanismo de protección por desempleo que se encarga de abonar las cantidades debidas a los trabajadores en el caso de que el empleador no haya podido hacerlo.

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Para acceder al Fogasa, el trabajador debe estar inscrito en el Servicio Público de Empleo (SEPE), tener un contrato de trabajo por tiempo indefinido o uno temporal celebrado con anterioridad al inicio del periodo de suspensión o reducción de jornada, y haber cotizado durante al menos 12 meses en los últimos 18.

El importe a percibir será el 80% de la base reguladora, que es la cantidad que se toma como referencia para calcular los subsidios por desempleo, y que se corresponde con el salario medio de los últimos doce meses. No obstante, el límite máximo es de 4.130,85 euros al mes, y el importe mínimo es de 426,01 euros.

Para solicitar el pago del Fogasa, el trabajador debe presentar una instancia en el SEPE, adjuntando la documentación necesaria, que incluye el certificado de empresa en el que se describe el conflicto laboral, así como la certificación del convenio colectivo que resulte de aplicación.

¿En qué casos se puede acceder al Fondo de Garantía Salarial?

La Ley de Seguridad Social establece un Fondo de Garantía Salarial (FOGASA) que se encarga de cubrir las cantidades debidas a los trabajadores en caso de que la empresa cese su actividad y no pueda hacer frente a los pagos.

Según el artículo 4 de la Ley, el FOGASA estará destinado a garantizar los créditos salariales derivados de relaciones laborales, así como las indemnizaciones por despido improcedente, en los supuestos de concurso de acreedores declarado con anterioridad al 1 de enero de 2013. También estará disponible para los trabajadores por cuenta propia o autónomos que cesen en su actividad como consecuencia de una situación de extrema necesidad derivada de un desempleo de larga duración, tal y como se define en el artículo 122.2 del Estatuto de los Trabajadores.

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Para acceder al FOGASA, es necesario que el trabajador presente una solicitud ante el Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE), adjuntando la documentación acreditativa de que se cumplen los requisitos establecidos en la Ley.

¿Cuánto tiempo dura el Fondo de Garantía Salarial?

El Fondo de Garantía Salarial (FGS) es una prestación por desempleo que se otorga a los trabajadores españoles que hayan cesado en su actividad laboral. La duración del FGS depende de la edad del beneficiario, siendo de 12 mensualidades para los menores de 52 años, de 18 mensualidades para los mayores de 52 años y de 24 mensualidades para los mayores de 55 años.

¿Cuáles son las consecuencias de no cobrar el Fondo de Garantía Salarial?

Las consecuencias de no cobrar el Fondo de Garantía Salarial son muy graves. En primer lugar, usted no tendrá acceso a los beneficios del seguro, lo que significa que no podrá recibir el pago de su salario si se produce un despido improcedente. En segundo lugar, también se le exigirá que devuelva el dinero que haya recibido del fondo, con intereses.

Para Finalizar

El Fondo de Garantía Salarial es un sistema creado por el Estado español con el objetivo de proteger a los trabajadores en situación de desempleo. Este fondo se nutre con las aportaciones de las empresas y de los trabajadores, y está gestionado por la Seguridad Social.

El Fondo de Garantía Salarial tiene como finalidad proteger a los trabajadores en situación de desempleo parcial o total, cubriendo sus salarios devengados hasta un tope máximo establecido por ley. Asimismo, el Fondo de Garantía Salarial puede hacer frente a los gastos de tramitación de la extinción del contrato de trabajo, tales como las indemnizaciones por despido improcedente.

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Para tener derecho a percibir las prestaciones del Fondo de Garantía Salarial, el trabajador debe haber cotizado al menos 12 meses en los últimos 18, y no superar un determinado límite de rentas.

En el caso de los trabajadores en situación de desempleo parcial, el Fondo de Garantía Salarial cubrirá hasta un máximo del 75% de la reducción de salario sufrida. No obstante, para tener derecho a esta prestación es necesario que el trabajador haya cotizado al menos 24 meses en los últimos 30.

Por su parte, los trabajadores en situación de desempleo total tendrán derecho a percibir una prestación mensual del Fondo de Garantía Salarial por un período máximo de 12 meses. Para poder acceder a esta prestación, el trabajador deberá haber cotizado al menos 36 meses en los últimos 48.

Los beneficiarios de las prestaciones del Fondo de Garantía Salarial deberán inscribirse como demandantes de empleo en el Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE) y acreditar su situación de desempleo mediante la presentación de un certificado expedido por este organismo.

    • 050 euros mensuales. Además, también se cubre el 100% del salario en especie (p.e. abonos en cuenta de gasolina o dietas).

      Para acceder a la prestación, el trabajador debe haber cotizado al menos un año ininterrumpido a la Seguridad Social. No obstante, si el despido se produce antes de haber cotizado un año, el trabajador podrá acogerse a la prestación si cumple alguna de las siguientes condiciones:

      - Si es madre o padre soltero/a.

      - Si es víctima de violencia de género.

      - Si es cuidador/a principal de un familiar en situación de dependencia.

      - Si es mayor de 45 años y lleva al menos dos años cotizando.

      - Si padece una discapacidad igual o superior al 33%.

      Para obtener la prestación, el trabajador debe presentar una solicitud en el IESS, acompañada de la documentación necesaria. La prestación será concedida en un plazo máximo de dos meses desde la presentación de la solicitud.

      El Fondo de Garantía Salarial está destinado a los trabajadores que hayan sido despedidos improcedentemente.

      Las funciones del fondo son las siguientes:

      - Proteger a los trabajadores despedidos improcedentemente.

      - Subvencionar las prestaciones concedidas a los trabajadores.

      - Promover el empleo y la estabilidad laboral.

      La participación ciudadana en el fondo se realiza a través de la presentación de solicitudes y de la presentación de alegaciones y recursos.

      El Fondo de Garantía Salarial está organizado de la siguiente manera:

      - El Consejo de Administración, que es el órgano de gobierno del fondo, está formado por representantes de los empresarios y de los trabajadores.

      - La Comisión Técnica, que es el órgano consultivo del fondo, está formada por representantes de los empresarios, de los trabajadores y de los sindicatos.

      - El Secretariado Técnico, que es el órgano ejecutivo del fondo, está formado por el personal técnico del IESS.

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