Garantía Mínima Vital.
La garantía mínima vital es un derecho fundamental reconocido por la Constitución española de 1978. Se trata de un derecho fundamental a una prestación económica mínima que permita hacer frente a las necesidades básicas de vida, como son la alimentación, el vestido, la vivienda, la asistencia médica y el calzado.
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- ¿Qué significa el término "garantía mínima vital"?
- ¿Cuál es el propósito de la garantía mínima vital?
- ¿De qué manera la garantía mínima vital protege a los ciudadanos?
- ¿Quién tiene derecho a recibir la garantía mínima vital?
- ¿Cómo se determina el importe de la garantía mínima vital?
- ¿Existe algún límite en el tiempo para recibir la garantía mínima vital?
- ¿Qué sucede si una persona no cumple con los requisitos para recibir la garantía mínima vital?
- Para Finalizar
Derecho al Mínimo Vital en el Derecho Fiscal
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¿Qué significa el término "garantía mínima vital"?
La garantía mínima vital es un principio reconocido por el Tribunal Constitucional español que establece que todos los ciudadanos tienen derecho a un nivel mínimo de vida digna. Esto significa que el Estado debe garantizar que todas las personas tengan acceso a los medios necesarios para satisfacer sus necesidades básicas, como la alimentación, la vivienda, la educación, la salud y la protección social.
¿Cuál es el propósito de la garantía mínima vital?
La garantía mínima vital es una prestación social que tiene como objetivo asegurar unos ingresos mínimos para aquellas personas o unidades familiares con rentas insuficientes. Se trata de una prestación económica no contributiva, por lo que no se requiere haber cotizado a la Seguridad Social para tener derecho a ella. La garantía mínima vital está regulada en el Real Decreto-ley 8/2020, de 17 de marzo, de medidas urgentes extraordinarias para hacer frente al impacto económico y social del COVID-19.
¿De qué manera la garantía mínima vital protege a los ciudadanos?
La garantía mínima vital protege a los ciudadanos en virtud del derecho a una vida digna, estableciéndose como una prestación mínima que debe facilitarse por el Estado a aquellas personas que, por sus circunstancias personales y/o familiares, no dispongan de los medios mínimos para satisfacer sus necesidades básicas.
Dicha prestación está regulada por la Ley 39/2006, de 14 de diciembre, de promoción de la igualdad efectiva de mujeres y hombres, que en su artículo 54 establece que "todas las personas tienen derecho a percibir una prestación mínima vital que cubra sus necesidades esenciales de alimentación, vivienda y vestido, así como las de calefacción y energía eléctrica en los hogares en que convivan".
Lee También Gastos De Representación.Por lo tanto, la garantía mínima vital se configura como un derecho básico reconocido a todas las personas, independientemente de su situación económica o laboral, y tiene como objetivo principal evitar la exclusión social.
Asimismo, cabe destacar que el importe de la prestación mínima vital no es fijo, sino que puede variar en función de las necesidades específicas de cada persona o familia, así como de las circunstancias en las que se encuentren.
¿Quién tiene derecho a recibir la garantía mínima vital?
La garantía mínima vital es la protección que el Estado pone en marcha para cubrir las necesidades mínimas de subsistencia de las personas que no disponen de los medios suficientes para hacerlo por sí mismas.
En virtud de la Ley 39/2006, de 14 de diciembre, de garantías mínimas de ingresos, el derecho a la garantía mínima vital se extiende a todos los ciudadanos españoles y a los nacionales de otros Estados miembros de la Unión Europea que residan legalmente en España. No obstante, el derecho a percibir la garantía mínima vital está condicionado a que la persona solicitante cumpla una serie de requisitos, entre los que se encuentran los siguientes:
-Ser mayor de 18 años y menor de 65.
Lee También Igualdad De Oportunidades.-Estar en situación de desempleo.
-No tener ingresos suficientes para cubrir las necesidades básicas.
-No percibir otra prestación por desempleo o por cualquier otro concepto que cubra las mismas necesidades.
Para acceder a la garantía mínima vital, la persona interesada deberá solicitarla ante el Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE), adjuntando la documentación requerida.
¿Cómo se determina el importe de la garantía mínima vital?
En España, el importe de la garantía mínima vital está determinado por el decreto-ley 8/2019, de 8 de marzo, que establece la prestación mínima vital para personas en situación de exclusión social. La prestación mínima vital se otorgará a aquellas personas que no dispongan de los medios económicos suficientes para hacer frente a sus necesidades básicas.
Lee También Igualdad De Trato.Para calcular el importe de la prestación mínima vital, se tendrán en cuenta las necesidades básicas de la persona, así como su situación familiar. En concreto, se considerarán las siguientes necesidades básicas: alimentación, vestido, calzado, higiene personal, vivienda, energía, agua, tratamiento médico, transporte y comunicaciones.
Por otro lado, en cuanto a la situación familiar, se tendrá en cuenta el número de miembros que conformen la unidad familiar, así como sus edades y si se trata de personas con discapacidad.
Asimismo, se deberá tener en cuenta el importe de los ingresos percibidos por la persona solicitante, así como cualquier otra prestación a la que tenga derecho.
¿Existe algún límite en el tiempo para recibir la garantía mínima vital?
La respuesta es no. No existe ningún límite de tiempo para recibir la Garantía Mínima Vital (GMM), prevista en el artículo 47.3 de la Constitución Española. Esta prestación económica, también conocida como "ingreso mínimo vital", se otorga a aquellas personas que carecen de los medios suficientes para hacer frente a sus necesidades básicas, tales como alimentación, vestido, vivienda o calefacción. La cuantía de la prestación se fija en función de las circunstancias concretas de cada persona y de su familia, y está destinada a cubrir el coste de la canasta básica de productos y servicios. La GMM está regulada por la Ley 8/2020, de 17 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para 2021.
¿Qué sucede si una persona no cumple con los requisitos para recibir la garantía mínima vital?
En España, la garantía mínima vital es un derecho fundamental de todos los ciudadanos que se encuentran en situación de vulnerabilidad económica. Este derecho está recogido en el artículo 47 de la Ley General de derechos sociales y de bienestar social, que establece que todas las personas tienen derecho a percibir, como mínimo, una prestación mensual que cubra sus necesidades básicas de subsistencia, en los términos que se determinen reglamentariamente.
Lee También Indemnización Por Despido.Para acceder a este derecho, se debe cumplir con una serie de requisitos, tales como tener residencia legal en España, carecer de ingresos suficientes o estar en situación de desempleo. Sin embargo, si una persona no cumple con estos requisitos, no tiene derecho a percibir esta prestación.
En este caso, la persona en cuestión deberá acudir a otras fuentes de financiación, como por ejemplo, los servicios sociales o las ayudas públicas que ofrece el Gobierno para atender a este tipo de situaciones.
Para Finalizar
La garantía mínima vital está regulada en el artículo 49 de la Ley 39/2006, de 14 de diciembre, de Promoción de la Autonomía Personal y Atención a las personas en situación de dependencia. Según el citado artículo, se entiende por garantía mínima vital el conjunto de prestaciones económicas y de servicios dirigidos a cubrir las necesidades básicas de las personas en situación de dependencia que no dispongan de los recursos suficientes para hacer frente a dichas necesidades.
La garantía mínima vital se materializa a través de la denominada Prestación de Inclusión Social (PIS), que es una prestación económica mensual de carácter contributivo y no contributivo, cuya cuantía depende de la situación personal y económica de cada beneficiario.
Para acceder a la PIS, el solicitante deberá reunir una serie de requisitos, entre los que se encuentran los siguientes:
- Tener 65 años o más, o bien tener una discapacidad igual o superior al 33%.
- No percibir una renta mensual superior a 2.032 euros, o bien tener una renta mensual comprendida entre 2.032 y 3.050 euros si la persona solicitante es soltera, o entre 2.664 y 4.462 euros si la persona solicitante tiene cónyuge o pareja de hecho.
- No tener derecho a otras prestaciones o subsidios por razones de incapacidad, jubilación o vejez.
Cabe destacar que el importe de la PIS no es fijo, sino que varía en función de la situación personal y económica de cada beneficiario. No obstante, el importe mensual de la prestación no podrá ser inferior a 426,15 euros.
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