Juicio Monitorio.
El juicio monitorio es una forma de juicio especializada, que se realiza con un procedimiento más rápido y simplificado, para cobrar deudas menores a 3000 euros, en las que el deudor no puede o no quiere acudir a los tribunales.
Para iniciar un juicio monitorio, el acreedor debe presentar una demanda ante el juzgado de primera instancia, donde se indica el nombre y la dirección del deudor, la cantidad que se debe, y la prueba de que se ha enviado un requerimiento de pago por carta certificada que ha sido devuelta sin haber sido abonada.
Si el deudor no paga la cantidad adeudada dentro del plazo establecido en el requerimiento de pago, se inicia el juicio monitorio. En este caso, el deudor tiene cinco días para presentar una excepción, en la que debe indicar los motivos por los que no puede o no quiere pagar la deuda.
Si el deudor no presenta ninguna excepción, o si las excepciones presentadas son rechazadas por el juez, se dicta una sentencia en la que se ordena el pago de la deuda. Si el deudor no paga voluntariamente la cantidad adeudada, el acreedor puede ejecutar la sentencia mediante el embargo de bienes.
- Juicio monitorio
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Cobro de deudas con el Juicio Monitorio
- ¿Qué es el juicio monitorio?
- ¿Cuándo se puede interponer un juicio monitorio?
- ¿De qué forma se tramita un juicio monitorio?
- ¿Qué efectos tiene un juicio monitorio?
- ¿Cómo se puede oponerse a un juicio monitorio?
- ¿Cuáles son las consecuencias de perder un juicio monitorio?
- ¿Existe alguna manera de evitar un juicio monitorio?
- Para Finalizar
Juicio monitorio
Cobro de deudas con el Juicio Monitorio
¿Qué es el juicio monitorio?
El juicio monitorio es una figura jurídica de origen romano que se ha adoptado en derecho español y que sirve para simplificar el procedimiento Ordinario. Se trata de la demanda y sentencia por la que se condena al deudor a pagar la deuda dineraria reclamada, mediante el embargo de sus bienes.
Lee TambiénJuicio Monitorio.El proceso monitorio se inicia con la presentación de la demanda ante el Juzgado de Primera Instancia competente. La demanda debe contener una serie de requisitos, tales como la identificación del demandante y del demandado, la exposición de los hechos que fundamentan la demanda y el petitorio, es decir, lo que se solicita al Juzgado.
Una vez presentada la demanda, el Juez dicta un Auto de Admisión a Trámite, en el que se fija un plazo al demandado para que pueda comparecer a juicio y, si no lo hace, se dictará sentencia en rebeldía.
En el juicio monitorio, el demandante es quien tiene que acreditar que tiene una deuda dineraria pendiente de pago por parte del demandado. Para ello, debe presentar prueba documental que así lo acredite, como, por ejemplo, una factura, un recibo o un contrato.
En el caso de que el demandado comparezca a juicio, podrá alegar las causas por las que no está obligado a pagar la deuda, como, por ejemplo, que ya ha pagado, que la deuda es improcedente o que no es él el deudor.
Una vez que el Juzgado haya analizado las pruebas presentadas por las partes, dictará sentencia. En esta sentencia, se condenará al demandado a pagar la deuda en el plazo establecido por el Juzgado, que será de un mes desde la notificación de la sentencia.
Lee También Juicio Sucesorio.En el caso de que el demandado no cumpla la sentencia, el demandante podrá solicitar el embargo de sus bienes.
¿Cuándo se puede interponer un juicio monitorio?
El juicio monitorio es un tipo de procedimiento que se puede interponer cuando se reclama el pago de una cantidad de dinero que no supera los 5.000 euros.
¿De qué forma se tramita un juicio monitorio?
FUENTES SUMINISTRADAS POR EL CLIENTE:
Https://www.juridipedia.com/es-es/abogado/procedimientos/juicio-monitorio
https://www.paginasamarillas.es/buscar/abogado/1/madrid/todos/juicio+monitorio/10
El juicio monitorio es un procedimiento especial de ejecución de títulos extrajudiciales, que se realiza ante el Juzgado de Primera Instancia, y que se tramita mediante una demanda escrita presentada por el acreedor, en la que se hará constar el título extrajudicial que ampara la ejecución y se requerirá al deudor para que pague la cantidad adeudada en un determinado tiempo.
Lee También Juzgado Tutelar.Si el deudor no paga en el tiempo indicado, se dictará una sentencia por la que se le condene a pagar la cantidad adeudada, más los intereses y costas del procedimiento.
Para interponer un juicio monitorio, el acreedor deberá dirigirse al Juzgado de Primera Instancia de su domicilio, y presentar una demanda escrita en la que se hará constar el título extrajudicial que ampara la ejecución, así como el importe que se reclama y el plazo en el que se requiere el pago.
El Juzgado de Primera Instancia admitirá a tramitación la demanda si considera que el título extrajudicial es válido y que el importe reclamado es correcto.
Una vez admitida a tramitación, se notificará al deudor la demanda mediante un edicto, en el que se le requerirá para que pague la cantidad adeudada en el plazo indicado, así como para que comparezca ante el Juzgado en una fecha determinada a fin de que se le practique un interrogatorio.
Si el deudor no paga la cantidad adeudada en el plazo indicado, o no comparece ante el Juzgado en la fecha fijada, se dictará una sentencia por la que se le condene a pagar la cantidad adeudada, más los intereses y las costas del procedimiento.
Lee También La Familia. ¿Qué efectos tiene un juicio monitorio?
El juicio monitorio es un proceso especial de ejecución de sentencias que se caracteriza por su celeridad y simplicidad. Se trata de un procedimiento muy ágil que se realiza enteramente por escrito, lo que permite agilizar al máximo su tramitación y, en consecuencia, obtener una resolución judicial en un tiempo relativamente breve.
El origen del juicio monitorio se encuentra en el derecho romano, concretamente en la figura del "monitum", que era una especie de requerimiento de pago dirigido por el acreedor al deudor para que cumpliera con su obligación. Con el tiempo, esta figura fue evolucionando y, en la actualidad, el juicio monitorio se ha establecido como un procedimiento específico para la ejecución de sentencias que condenan al deudor al pago de una suma de dinero.
En España, el juicio monitorio se regula en el libro V, título I, capítulo II, sección 2ª, de la Ley de Enjuiciamiento Civil (LEC). Según esta normativa, el juicio monitorio es un procedimiento de ejecución de sentencias dictadas en materia civil o mercantil, que tiene como objetivo hacer efectiva la condena impuesta a un deudor en una sentencia firme.
Para que una sentencia pueda ser ejecutada mediante el juicio monitorio, debe de ser firme y condenatoria, es decir, que no puede estar pendiente de ningún recurso y debe de ser desfavorable para el deudor. No obstante, también se puede acudir al juicio monitorio para hacer efectiva otra clase de resoluciones judiciales, como por ejemplo, las sentencias dictadas en materia de alimentos.
Una de las características del juicio monitorio es que su tramitación se realiza enteramente por escrito, lo que permite agilizar al máximo su tramitación y, en consecuencia, obtener una resolución judicial en un tiempo relativamente breve.
Otra de las características del juicio monitorio es que su tramitación se realiza mediante un procedimiento abreviado, de modo que se dispensa de la comparecencia personal de las partes ante el tribunal. No obstante, cabe la posibilidad de que, si así lo solicita una de las partes, se tramite el juicio monitorio mediante un procedimiento ordinario, en el que las partes deberán comparecer personalmente ante el tribunal.
Una de las principales ventajas del juicio monitorio es que permite obtener una resolución judicial en un tiempo relativamente breve, lo que es especialmente útil en aquellos casos en los que se requiere una ejecución inmediata de la sentencia.
Otra de las ventajas del juicio monitorio es que su tramitación es muy ágil y se realiza enteramente por escrito, lo que permite agilizar al máximo su tramitación.
No obstante, el juicio monitorio también tiene sus inconvenientes. Uno de ellos es que, debido a su carácter abreviado, no es un procedimiento muy flexible ni permite incorporar aportaciones relevantes que puedan influir en el resultado final del juicio.
Otro inconveniente del juicio monitorio es que, en algunos casos, puede ser muy costoso, sobre todo si se trata de un procedimiento ordinario en el que las partes deben comparecer personalmente ante el tribunal.
En general, el juicio monitorio es un procedimiento muy útil y eficaz para la ejecución de sentencias, que permite obtener una resolución judicial en un tiempo relativamente breve. No obstante, cabe destacar que no es un procedimiento adecuado para todos los casos, sino que debe valorarse caso por caso si es el procedimiento más idóneo para el particular asunto que se plantea.
¿Cómo se puede oponerse a un juicio monitorio?
Hay diversas formas de oponerse a un juicio monitorio. Se puede interponer un recurso de reposición, que es un recurso que se puede presentar ante el tribunal que dictó la orden de pago, y se puede solicitar que se anule la orden de pago. También se puede presentar un recurso de apelación, que se interpondrá ante el tribunal superior, y se puede solicitar que se revoque la orden de pago.
¿Cuáles son las consecuencias de perder un juicio monitorio?
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Las consecuencias de perder un juicio monitorio son las siguientes:
-La primera consecuencia es que el deudor deberá pagar la cantidad total adeudada, más los intereses y gastos legales generados.
-En segundo lugar, si el deudor no paga voluntariamente la cantidad adeudada, el acreedor podrá solicitar la ejecución forzosa de la deuda, lo que significa que se podrá embargar la propiedad del deudor hasta cubrir la deuda adeudada.
-Por último, si el deudor sigue sin pagar la deuda adeudada, el acreedor podrá solicitar la quiebra del deudor, lo que significa que todos los bienes del deudor serán embargados y vendidos para cubrir la deuda adeudada.
¿Existe alguna manera de evitar un juicio monitorio?
No existe una sola respuesta a esta pregunta, ya que depende de las circunstancias y el derecho aplicable en cada caso. No obstante, si se consideran algunos principios generales, podría darse alguna orientación sobre cómo proceder. En primer lugar, es importante tener en cuenta que un juicio monitorio es un proceso judicial que se inicia cuando se presenta una demanda ante un tribunal. A partir de ese momento, el tribunal emitirá una orden de comparecencia para notificar al demandado de que debe presentarse ante el tribunal en una fecha determinada. Si el demandado no se presenta ante el tribunal, o no puede ser notificado de la demanda, el tribunal puede dictar una sentencia condenatoria en su contra. En segundo lugar, es importante señalar que, en algunos casos, el demandado puede presentar una moción para evitar el juicio monitorio. Esto significa que el demandado puede solicitar al tribunal que no se le notifique de la demanda, o que se le exima de comparecer ante el tribunal. Sin embargo, estas mociones sólo serán concedidas por el tribunal en determinadas circunstancias, y el demandado deberá demostrar que tiene razones suficientes para tal solicitud. En tercer lugar, es posible que el demandante decida retirar la demanda antes de que se lleve a cabo el juicio monitorio. Si esto ocurre, el juicio monitorio quedará sin efecto y no se notificará al demandado. Finalmente, cabe señalar que, en algunos casos, el tribunal puede suspender el juicio monitorio si considera que las circunstancias lo justifican. Esto significa que el juicio monitorio no se llevará a cabo hasta que se resuelvan ciertos asuntos pendientes, como por ejemplo, si el demandado presenta una moción para evitar el juicio monitorio.
Para Finalizar
El procedimiento monitorio es una forma simplificada de cobrar una deuda que se encuentra debidamente acreditada. No es un juicio ordinario, sino un procedimiento especial que se rige por una ley específica, la Ley 1/2000, de 7 de enero, de Enjuiciamiento Civil.
Para que el procedimiento monitorio sea aplicable, la deuda debe ser cierta, líquida y vencida. La ley considera como ciertas las deudas dinerarias, es decir, las que se deben en dinero, así como las reconocidas mediante sentencia firme. Se consideran líquidas las deudas cuyo importe es fácilmente determinable, sin necesidad de realizar ningún cálculo, y vencidas aquellas que hayan alcanzado su plazo de pago.
El procedimiento monitorio es un procedimiento voluntario, es decir, que es el acreedor el que decide iniciarlo o no. Una vez que se ha decidido iniciar el procedimiento, se notifica al deudor por carta certificada con acuse de recibo, requiriéndole que pague la deuda en el plazo de diez días, a partir de la notificación. Si el deudor no paga, el acreedor puede solicitar al Juez que dictamine una orden de pago, que es un documento por el que se requiere al deudor que pague la deuda, así como los intereses y las costas del procedimiento, en el plazo de quince días.
La orden de pago se notifica al deudor por carta certificada con acuse de recibo, y si éste no paga en el plazo establecido, el acreedor puede solicitar al Juzgado que se dictamine un embargo ejecutivo, que es una medida cautelar por la que se le requiere al deudor que pague la deuda, así como los intereses y las costas del procedimiento, dentro del plazo de cinco días, a partir de la notificación de la orden de pago.
Si el deudor no paga en el plazo establecido, el Juzgado dictará una orden de embargo, que es una medida cautelar por la que se embargan los bienes del deudor hasta por el importe de la deuda, más los intereses y las costas del procedimiento. La orden de embargo se notifica al deudor por carta certificada con acuse de recibo, y si éste no paga en el plazo establecido, se procederá a la subasta de los bienes embargados.
El procedimiento monitorio es un procedimiento rápido y eficaz para cobrar deudas debidamente acreditadas. No requiere de la intervención de un abogado y procurador, y permite que el acreedor recupere su dinero de manera rápida y sencilla.
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