Responsabilidad Administrativa.
La responsabilidad administrativa es un régimen jurídico que se aplica a la administración pública, y en concreto a sus funcionarios, cuando causan daños a particulares como consecuencia del ejercicio de su función. Hay dos tipos de responsabilidad administrativa: la administrativa propiamente dicha, y la patrimonial.La responsabilidad administrativa se rige por el principio de "culpa in officio" o "imputabilidad objetiva", es decir, hay responsabilidad aunque no exista culpa por parte del funcionario. A diferencia de lo que ocurre en la responsabilidad civil, en la administrativa no se exige la intención o la culpa del agente público para imponerle una sanción. No obstante, el agente público puede eximirse de responsabilidad demostrando que ha actuado con diligencia.La responsabilidad patrimonial de la administración es un régimen especial de responsabilidad, distinto de la responsabilidad civil y de la administrativa. Tiene por objeto indemnizar a las personas particularmente perjudicadas por un acto u omisión de la administración, aunque el agente público no haya cometido ninguna falta.
- Clase 5 Responsabilidad Administrativa
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"RESPONSABILIDAD ADMINISTRATIVA DE LOS SERVIDORES PÚBLICOS"
- ¿Qué entiende la jurisprudencia española por responsabilidad administrativa?
- ¿Cuál es el fundamento de la responsabilidad administrativa?
- ¿De qué formas puede materializarse la responsabilidad administrativa?
- ¿Quiénes pueden ser considerados responsables administrativos?
- ¿Qué consecuencias puede acarrear la imposición de una responsabilidad administrativa?
- ¿Cómo se puede hacer frente a una responsabilidad administrativa?
- ¿En qué casos es posible eximirse de responsabilidad administrativa?
- Para Finalizar
Clase 5 Responsabilidad Administrativa
"RESPONSABILIDAD ADMINISTRATIVA DE LOS SERVIDORES PÚBLICOS"
¿Qué entiende la jurisprudencia española por responsabilidad administrativa?
La jurisprudencia española define la responsabilidad administrativa como la obligación que tiene la Administración Pública de indemnizar a aquellas personas que sufren daños como consecuencia de la actuación u omisión de sus funcionarios.
Esta responsabilidad se establece en el artículo 43 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común:
"1. La responsabilidad de la Administración Pública por los daños causados a particulares por actuaciones u omisiones en el ejercicio de sus funciones se regirá por lo dispuesto en esta Ley.
2. No obstante, se entenderá que no hay actuación u omisión cuando la persona que supuestamente ha sufrido un daño ha dado su consentimiento expreso e inequívoco a tal actuación o ha asumido voluntariamente el riesgo que le ha ocasionado el daño."
Lee También Silencio Administrativo.La responsabilidad administrativa se puede clasificar de diversas maneras. En primer lugar, podemos hablar de responsabilidad objetiva y subjetiva. La responsabilidad objetiva se produce cuando se ha producido un daño, independientemente de que haya habido culpa por parte de la Administración. En cambio, la responsabilidad subjetiva requiere que se acredite la existencia de culpa por parte de la Administración.
Otra forma de clasificar la responsabilidad administrativa es atendiendo al ámbito en el que se produce. De esta forma, podemos hablar de responsabilidad patrimonial y extracontractual. La responsabilidad patrimonial se produce cuando el daño se produce en el ámbito de un contrato. La responsabilidad extracontractual, por su parte, se produce cuando el daño se produce fuera del ámbito de un contrato.
En cuanto al ámbito temporal, podemos hablar de responsabilidad presente y futura. La responsabilidad presente se produce cuando el daño se produce en el momento en que se produce la actuación u omisión de la Administración. La responsabilidad futura, por su parte, se produce cuando el daño se produce en un momento posterior.
Por último, en cuanto al ámbito espacial, podemos hablar de responsabilidad nacional e internacional. La responsabilidad nacional se produce cuando el daño se produce en el territorio nacional. La responsabilidad internacional, por su parte, se produce cuando el daño se produce fuera del territorio nacional.
¿Cuál es el fundamento de la responsabilidad administrativa?
El fundamento de la responsabilidad administrativa es el derecho a la protección jurídica del individuo frente a la acción u omisión de la Administración Pública.
Lee También Agente Público.Las personas que pueden ser sometidas a esta responsabilidad son aquellas que ejercen funciones públicas, ya que son ellas las que tienen el poder y los medios para ejercer el control sobre la actividad administrativa.
La finalidad de la responsabilidad administrativa es, por tanto, la protección de los derechos fundamentales de las personas frente a abusos o errores cometidos por la Administración Pública.
Para que pueda imponerse esta responsabilidad, es necesario que se haya cometido un ilícito administrativo, que es la infracción de una norma jurídica que regula la actividad administrativa.
El ilícito administrativo puede ser tanto un acto como una omisión. La responsabilidad administrativa se puede imponer tanto a las personas físicas como a las jurídicas.
En cuanto a las personas físicas, la responsabilidad administrativa puede ser penal, civil o disciplinaria. La responsabilidad civil se impone cuando se ha causado un daño a una persona o se ha infringido un derecho de esta.
Lee También Cargo Público.La responsabilidad penal se impone cuando se ha cometido un delito. La responsabilidad disciplinaria se impone cuando se ha incumplido un deber o una norma éticaprofesional.
En cuanto a las personas jurídicas, la responsabilidad administrativa es civil y se impone cuando se ha causado un daño a una persona o se ha infringido un derecho de esta.
La responsabilidad administrativa puede ser tanto objetiva como subjetiva. La responsabilidad objetiva se impone independientemente de la intención o culpa de la persona que ha cometido el ilícito.
La responsabilidad subjetiva se impone sólo si se comprueba que la persona que ha cometido el ilícito lo ha hecho conscientemente y voluntariamente.
En general, la responsabilidad administrativa se impone mediante un procedimiento administrativo, que es el procedimiento que se seguirá para determinar si se ha cometido un ilícito y, en su caso, imponer la sanción correspondiente.
Lee También Control Administrativo.El procedimiento administrativo se inicia a instancia de parte, es decir, cuando alguien considera que ha sido víctima de un ilícito cometido por la Administración Pública.
Este procedimiento puede concluir con la imposición de una multa, la suspensión o el cese en el ejercicio de una función pública, o la inhabilitación para el ejercicio de una actividad.
¿De qué formas puede materializarse la responsabilidad administrativa?
La responsabilidad administrativa puede materializarse de diversas formas, aunque las más usuales son la multa y el embargo. Otras formas de responsabilidad administrativa son la pena de prisión, la inhabilitación para el ejercicio de determinadas actividades y la suspensión o revocación de licencias.
¿Quiénes pueden ser considerados responsables administrativos?
En la legislación española, tanto en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, como en la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, se recogen los supuestos en los que se puede imputar a una persona la responsabilidad por los daños ocasionados a terceros como consecuencia de la actuación u omisión de la Administración.
Así, en el artículo 106.2 de la LRJPAC se establece que "serán responsables de los daños y perjuicios que, en el ejercicio de sus funciones y actividades, causaren a particulares" las "personas físicas o jurídicas que ejerzan funciones públicas en nombre de la Administración", mientras que el apartado 3 del mismo precepto señala que "no serán responsables" quienes se limiten a "ejecutar órdenes o instrucciones emanadas de las personas a que se refiere el apartado anterior".
Por su parte, el artículo 107 de la LRJPAC contempla la responsabilidad de los funcionarios públicos, estableciendo que "serán responsables de los daños y perjuicios que, en el ejercicio de sus funciones y actividades, causaren a particulares" aquellos que "actuaren con dolo o culpa leve". No obstante, el apartado 2 del mismo artículo determina que "no serán responsables" los funcionarios que "actuaren conforme a una orden o instrucción emanada de sus superiores jerárquicos, siempre que dicha orden o instrucción no constituyan una infracción manifiesta del Derecho".
Por su parte, el artículo 108 de la LRJPAC señala que la responsabilidad de las entidades públicas será solidaria con la de los funcionarios que causen daños a terceros en el ejercicio de sus funciones, si bien dicha responsabilidad podrá eximirse total o parcialmente si la entidad pública acredita haber adoptado las medidas necesarias para evitar el daño.
En el caso de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, el apartado 1 del artículo 55 establece que "serán responsables de los daños y perjuicios que, en el ejercicio de sus funciones y actividades, causen a particulares" las personas que "actúen en nombre de la Administración". Asimismo, el apartado 2 del mismo precepto señala que "no serán responsables" las personas que "actúen conforme a una orden o instrucción emanada de sus superiores jerárquicos, siempre que dicha orden o instrucción no constituyan una infracción manifiesta del Derecho".
Por lo tanto, en base a lo dispuesto en la legislación española, pueden ser considerados responsables administrativos tanto las personas físicas o jurídicas que ejerzan funciones públicas en nombre de la Administración, como los funcionarios públicos que causen daños a terceros en el ejercicio de sus funciones. No obstante, en el caso de los funcionarios públicos, esta responsabilidad podrá eximirse total o parcialmente si acreditan haber actuado conforme a una orden o instrucción emanada de sus superiores jerárquicos.
¿Qué consecuencias puede acarrear la imposición de una responsabilidad administrativa?
La imposición de una responsabilidad administrativa es una sanción que puede ser impuesta por la administración pública a un particular por haber cometido una infracción. Las consecuencias de esta sanción pueden ser muy graves, ya que pueden incluir la multa, el embargo de bienes, la suspensión o cancelación de licencias, la prohibición de ejercer ciertas actividades, entre otras.
¿Cómo se puede hacer frente a una responsabilidad administrativa?
Consejos para hacer frente a una responsabilidad administrativa:
1. Tenga cuidado con lo que dice y hace. Las autoridades administrativas toman nota de todo lo que usted diga o haga, y esto puede ser utilizado en su contra. Si tiene dudas acerca de cómo deba proceder, consulte con un abogado.
2. No ignore las citaciones u órdenes de comparecencia. Si ignora una citación, pueden imponerle multas o incluso detenerlo.
3. No se presente sin un abogado. Las autoridades administrativas son expertas en estas materias y usted no será capaz de competir con ellas sin la ayuda de un profesional. Si no puede permitirse el pago de un abogado, puede solicitar la asistencia gratuita de uno a través de una organización de defensa legal.
4. Mantenga la calma. Emocionarse o perder la compostura solo le hará daño. Si se muestra respetuoso y atiende a las preguntas de forma clara y directa, será más probable que las autoridades tomen en cuenta sus argumentos.
¿En qué casos es posible eximirse de responsabilidad administrativa?
Hay diversos supuestos en los que es posible eximirse de responsabilidad administrativa, principalmente cuando se trata de una persona que actúa en cumplimiento de sus funciones y no incurre en ninguna falta o delito. También pueden exonerarse aquellas personas que actúan bajo coacción o fuerza mayor.
Para Finalizar
La responsabilidad administrativa es una consecuencia del ejercicio del poder público, que se traduce en la obligación de los funcionarios de indemnizar a las personas perjudicadas por los daños que se deriven de su actuación.
El ejercicio del poder público conlleva una serie de obligaciones y deberes que los funcionarios deben cumplir. En el caso de que se produzca algún perjuicio a terceros como consecuencia de la actuación de los funcionarios, éstos serán responsables de indemnizar a las personas perjudicadas.
La responsabilidad administrativa puede ser civil, penal o disciplinaria. La responsabilidad civil es aquella que se establece cuando se produce un daño a una persona como consecuencia de la actuación de un funcionario. La responsabilidad penal es aquella que se establece cuando se cometen determinados delitos por parte de los funcionarios. La responsabilidad disciplinaria es aquella que se establece cuando se incumple la normativa interna de la administración o se cometen faltas graves.
En España, la responsabilidad de los funcionarios se regula en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
La responsabilidad administrativa se basa en tres principios: el principio de culpa, el principio de daño y el principio de proporcionalidad.
El principio de culpa establece que sólo serán responsables los funcionarios que hayan actuado de forma dolosa o culposa. Es decir, que hayan cometido un error en el ejercicio de sus funciones o que hayan actuado de forma negligente.
El principio de daño establece que sólo serán responsables los funcionarios si se ha producido un daño real y efectivo.
El principio de proporcionalidad establece que la responsabilidad de los funcionarios debe ser proportionada al daño causado.
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